Nacionales

Por: Luis Núñez Salmerón
René Vallecillo.
LA PRENSA/ B. PICADO
Al parecer al Gobierno se le fue la mano con el reglamento de la nueva Ley de Reforma a la Ley de Equidad Fiscal (Ley 712) y fue más allá de lo que establecía ésta, la cual fue aprobada con el apoyo del consenso del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep).
Según el experto en temas tributarios René Vallecillo, el nuevo reglamento “trae sus cambios fuertes, como por ejemplo establecen un pago a cuenta del impuesto al valor agregado (IVA) los cinco días después de la primera quincena”.
Efectivamente, en el artículo 21 del nuevo reglamento se agrega un párrafo al artículo 105, relativo a los pagos, el cual dice que “los responsables recaudadores inscritos como grandes contribuyentes, previa liquidación, efectuarán el pago del IVA del mes anterior completo, a más tardar el día cinco de cada mes”.
El reglamento aún vigente define que este pago se realizaría “a más tardar el quince del siguiente mes”, sin especificar quiénes lo realizarán.
Además, el nuevo reglamento establece que “sin perjuicio de lo antes dispuesto, se establece un pago anticipado a cuenta del IVA mensual, el cual deberá realizarse dentro de los cinco días hábiles del día quince de cada mes. Este pago anticipado corresponderá a las operaciones del día uno y el quince de cada mes.
”Éste también estará sujeto al acreditamiento establecido en la Ley y este Reglamento”.
De esta forma las empresas tendrán que hacer dos pagos de anticipos del IVA, una a mitad del mes y la otra al final, el tiempo que se reduce el plazo.
Esto en sí es un mismo pago, enterado en dos partes, el problema es que de esta forma se está retirando liquidez a la economía, ya que los empresarios utilizan este dinero que tienen que pagar al final de mes a la Dirección General de Ingresos (DGI), lo utilizan para comprar inventario y mover más mercadería, algo que con esta modalidad no podrán hacer, explica el presidente de la Cámara de Comercio Americana Nicaragüense (Amcham), Róger Arteaga.
La propuesta de reglamento que supuestamente fue acordada con el sector privado representado por el Cosep en diciembre difiere en varios aspectos de la publicada en La Gaceta con fecha 30 de diciembre. Sin embargo, fuentes del sector privado aseguraron que están analizando detenidamente el reglamento de la ley.
Una de las discusiones que se dieron durante la negociación de la Ley de Concertación Tributaria que se encuentra en la Asamblea Nacional, fue el de establecer un anticipo a cuenta del IVA para las transacciones de tarjetas de crédito. Esto no se incluyó en la reforma de la Ley de Equidad Fiscal aprobada en diciembre. Ahora con el reglamento se incluye en el artículo 14, inciso d), que “serán sujetas de las retenciones siguientes... por las ventas que utilicen como medio de pago tarjetas de crédito y/o débito, retenidas en el pago por instituciones financieras a sus establecimientos afiliados, conforme se establece en el literal a numeral 1) del artículo 81 de este reglamento”.
La ley de Reforma a la Ley de Equidad Fiscal fue aprobada con un precario apoyo en la Asamblea Nacional. Ahora su reglamento va a su prueba de fuego.
LA PRENSA/G. FLORES
Más adelante, en el artículo 19 que reforma el artículo 87, en el inciso 4, el reglamento establece en las modalidades de entero que “las retenciones efectuadas por las entidades financieras a los establecimientos afiliados por ventas que utilicen como medio de pago tarjetas de crédito y/o débito deberán transferirse diariamente a la cuenta autorizada por la Tesorería General de la República”.
Y para que no quede dudas sobre este impuesto, el artículo 18 define que la base imponible de este impuesto es del uno por ciento para “el valor de la venta de bienes y prestaciones de servicios en que se utilice como medio de pago tarjetas de crédito y/o débito”.
La Ley de Reforma a la Ley de Equidad Fiscal no menciona por ninguna parte este nuevo impuesto, que había quedado pendiente para incluirse en la Ley de Concertación Tributaria.
Por otro lado, Vallecillo agrega que otro de los puntos del reglamento que no queda claro es que la repatriación de utilidades de las sucursales las cuales estarán gravadas.
En el reglamento publicado en La Gaceta se introduce una nueva definición de dividendos y utilidades, lo cual “comprende todo tipo de renta neta después de IR que se distribuya a los socios o accionistas, transfiera, anticipe o acredite en concepto de utilidades, excedentes, ganancias, beneficios o cualquier otra forma que adopten los dividendos o participaciones de utilidades. Se incluye en esta definición las transferencias de renta neta después del IR a las casas matrices y a las personas administradoras o tenedoras de acciones”.
Si bien el sector privado está analizando el reglamento, el presidente de Amcham adelantó que si hay elementos que no están en la ley “lo van a rechazar”.
Ver en la versión impresa las páginas: 1 A ,8 A
2010
Ene 18
11:52a.m
Joseph Keller dice:
Con esto se demuestra que el Danielismo no resuelve nada, ni con los millones que entran de los petrodolares venezolanos que sabemos que son del negocio familiar Ortega-Murillo, Mintio Ortega por que el plan de campaña juro y prometio vestido de mesias celestial que : NO SUBIRIA LOS IMPUESTOS NI EL INSS, NO COBRAR MAS PARA NO EXPRIMIR AL PUEBLO, y ahora es lo primero que hacen.
2010
Ene 05
11:41p.m
joseph dice:
bueno lo que esta claro con esto es que los nicaraguences que tienen tarjetas de credito o debito y pagan con ellas por que no tienen dinero por ser pobre o no tienen efectivo y usan la tarjeta de debito se les cobrara ademas del respectivo 155 otro 1% por que los negocios no asumiran ese 1% eso tenganlo por seguro osea que ahora pagaran el 16% , eso querian eso tienen arriba los pobres de nicaragua .y bamos por mas pobres
2010
Ene 05
05:36p.m
luby dice:
y QUE NO APRENDEN ESTOS ESTUPIDOS DEL COSEP Y LOS OPOSITORES QUE SIEMPRE EL FSLN SE SALE CON LAS SUYAS,, SI NO CREEN SU MADRE QUE LOS PARIO COMO SE LES OCURRE CONFIAR EN ESTOS MAL INTENCIONADOS Y MAL NACIDOS.
2010
Ene 05
03:52p.m
El Gato Vago dice:
Raudales, si tanto defendes lo indefendible, por que no vas a recaudar el 15% vos y los cpc. acordate que las empresas son las recaudadoras del 15% IVA y se ocacionan gastos para efectuar esta accion y ni San DGI te reconoce nada
2010
Ene 05
03:03p.m
Juan J Jiron J dice:
Hasta donde he podido leer no hay nada que la ley no contemple, pues la misma ley faculta a la DGI establecer los "mecanismos" de pagos, anticipos o retenciones. Lo que dice René es que esos mecanismos no fueron discutidos con los Cosepos y que eso resta disponiblidad en el flujo a las empresas, lo cual es correcto.
Por otro lado entiendo que las retenciones del 5% al sector informal busca como incorporar a la base tributaria al mismo. Algo que no respaldo es q las retenciones no sean deducible
2010
Ene 05
02:10p.m
El vendedor dice:
El Chespirito nica pregunta: Y ahora quien podra defenderme? Yo el chapulin colorado!!!!!
Porque un reglamento vale mas que una ley?
Porque el presidente legisla y los diputados hacen aguita?
2010
Ene 05
01:32p.m
Jose Raudales dice:
estimados señores empresarios. el dinero retenido a los contribuyentes en concepto de IVA no les pertenece, por tanto no deberían considerarlo una disponibilidad de efectivo. Revisen la legislación de cualquier economía desarrollada y encontrarán que incluso se establecen penalidades por aplicaciones indebidas a estos fondos.
2010
Ene 05
12:01m
pobre nicaragua dice:
que te parece Jose Adan, supuestamente vos nos estabas defendiendo para no pagar mas impuestos, ahora donde vas a meter la cara de tonto que te vieron los FSLN o ya sabias de toda esta trampa hacia los Nicaraguenses.
2010
Ene 05
10:48a.m
Manuel Rodriguez dice:
LO QUE VEO ES QUE LA INTENCION ES DESBARATAR EL PAIS.
2010
Ene 05
09:49a.m
mfernando dice:
Al COSEP le pasó lo de la tortuga que ayudó a cruzar el rio al alacrán que le pagó enterrándole el aguijón.
En los sandinistas no se puede confiar en nada, es como hacer tratos con los criminales
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