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Opinión | martes 8 de junio 2010 De los facilitadores judiciales
“Administrad la justicia con ecuanimidad y rectitud y, si es necesario, con rigor y ejemplaridad. Pero cuando la naturaleza de las gentes y las cosas lo permitan, sed también misericordioso y benigno”.
Felipe II
Como en todos los aspectos de la vida existen dos caras de la moneda justicia. Del lado negativo, ineficaz y sórdido ya se ha hablado, dicho y escrito más que suficiente. No todo es totalmente negro, existen esfuerzos, trabajos, proyectos y programas dedicados a la modernización y mejora de la justicia en Nicaragua. Esta vez abordaremos en breves pincelazos un foco más que positivo: el programa de Facilitadores Judiciales, cuyo inicio data de 1998.
Desde su creación, el vanguardismo, innovación y efectividad del programa de Facilitadores Judiciales es indiscutible. Su principal servicio consiste en resolver los conflictos entre personas de las comunidades rurales, además de brindar asesoría y todo esto de forma gratuita. A través de él se han formado nuevos operadores de justicia: los Facilitadores. Éstos, según la ley son personal al servicio de la Administración de Justicia, tienen la facultad de realizar mediaciones en aquellas comunidades lejanas donde no haya juez con el fin de servir y auxiliar a la justicia nicaragüense. El auge que ha obtenido dentro del sector justicia es muy relevante. Su esfera se ha expandido, ahora existen facilitadores Rurales, Urbanos y Suburbanos.
El Programa Nacional de Facilitadores Rurales se ejecuta actualmente en los 153 municipios de todo el país. Siendo más precisos, este programa es de Cobertura Nacional. Los resultados han sido más que notorios, la satisfacción de los usuarios, el apoyo constante de municipalidades y de algunos organismos internacionales como la del gobierno de Suecia, Holanda, Cataluña y la OEA. Este último directamente a través del Sistema Oficial del Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales. Es necesario recalcar que quienes más se han beneficiado de este programa es el sector de la población con menores posibilidades económicas y con menos oportunidades de acceso a la justicia, por lo cual es mucho más meritoria su ejecución y constante actividad.
Evidentemente ésta es una forma alterna de solución al conflicto, pero muy beneficiosa para la administración de justicia. En ella se cumplen los principios constitucionales de acceso a la justicia y de justicia gratuita y los principios procesales de celeridad del proceso o justicia pronta, así como el uso y aplicación del Principio de Oportunidad en los casos y hechos contemplados en la ley. Dentro de las principales actividades ejecutadas por este programa está la de crear el reglamento de los facilitadores, divulgación masiva del programa, se desarrollaron capacitaciones a nivel nacional, visitas de jueces locales en las comunidades donde se encuentran presentes los Facilitadores Judiciales Rurales con el fin de coadyuvar al fortalecimiento de los servicios que prestan. El hecho que sean los mismos miembros de las comunidades quienes actúan como facilitadores hace que se genere confianza entre los usuarios, además de llevar el beneficio del lenguaje, costumbre, usos y regionalismos por lo que es mucho más fácil el entendimiento entre las partes y el facilitador.
El trabajo que realizan día a día los facilitadores y el apoyo de la cooperación externa es invaluable. Es palpable la reducción del aislamiento y abandono de la Justicia en las zonas más remotas del país, por lo que se puede afirmar que el programa de Facilitadores Judiciales contribuye en el descongestionamiento de los procesos judiciales ayudando a la realización de la justicia nicaragüense.
La autora es abogada y notaria.
Ver en la versión impresa las páginas: 11 A |