En un estado de “arrebato”, con “furor” y “excitación” sexual causada por la ingesta de cerveza, Farington Reyes Larios, violó a Fátima Bemilda Hernández Canda; por eso, es menos culpable.
Esta es parte de las conclusiones a las que llegó la sala penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el esperado fallo, firmado ayer a las 10: 45 a.m. Ahí redujeron la pena del reo de seis a cuatro años.
En ese sentido, de acuerdo con Juanita Jiménez, del Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), según la legislación sobre ejecución de sentencias, el reo podría quedar en libertad de inmediato.
La única voz disidente fue la de la magistrada Yadira Centeno, quien no considera que existiera tal estado de arrebato y coincidió con otra parte de la sentencia, donde se señala que aún en las relaciones de pareja puede existir la violación.
Hernández Canda no dio declaraciones, pues según sus familiares, se encontraba en una sede diplomática donde posiblemente pediría asilo político.
Jiménez catalogó la sentencia de absurda y ofensiva a la humanidad, además de ver claro respaldo del partido de gobierno a favor del condenado.
“Todos sabemos que ambos eran, o la familia de ambos eran o son personas con créditos y militantes del FSLN, y ocupaban cargos porque eran de confianza del partido de gobierno”, señaló Jiménez.
MAGISTRADOS ENCONTRARON ATENUANTES
De esta manera el máximo tribunal culminó el caso que encendió la opinión pública durante año y medio.
De acuerdo con la sentencia, fueron fundamentales las atenuantes, y por ello, también pesó la falta de antecedentes penales de Reyes Larios para justificar la reducción de la pena.
“Concurren circunstancias atenuantes de responsabilidad penal, tal como es el estado de arrebato u obcecación. Previo al desarrollo de los hechos, ingirió cerveza, ingesta que produjo furor y enajenamiento relativo, causando excitación sexual y desenfreno, más el hecho que la víctima fue cooperadora”, expresa parte de la sentencia.
El papá de Hernández Canda, Esteban Hernández, aseguró que ellos esperaban un fallo en ese sentido, pues tenían información que la primera dama Rosario Murillo habría abogado por Reyes Larios. Según él, con este fallo queda en evidencia que no hay justicia en Nicaragua y que ahora solo queda tomarlas por su propia cuenta.
Mientras el hermano de la víctima, Geovany Hernández, la tarde ayer levantaba la champa donde mantuvieron protesta desde el 16 de junio pasado, frente a las instalaciones de la CSJ.
Ahí Fátima sostuvo su cuarta huelga de hambre por ocho días, pero la abandonó porque estuvo en riesgo su vida. Según Geovany, con el fallo ahora cualquiera puede violar y los magistrados lo dejarán libre.
El temor de la familia Hernández Canda no es infundado. Juanita Jiménez (MAM) señala que La Ley de Ejecución de Sentencias establece que si el reo ha cumplido un cuarto de la pena, puede salir libre. Reyes Larios ha estado año y medio en prisión, por lo que con la pena de cuatro años pude aspirar a libertad.
De acuerdo con la sentencia ante las dos atenuantes, el estado de arrebato y la falta de antecedentes penales, es aplicable la regla establecida ene l inciso d) del artículo 78 del Código Penal.
Según los magistrados, de acuerdo con este artículo, cabía incluso la pena de dos años de prisión, pero que era oportuno y proporcional la pena de cuatro años de prisión.
MAGISTRADA CENTENO DISIENTE DEL FALLO
Por su lado, la magistrada Centeno, en su voto disidente consideró que no existía el estado de arrebato expuesto, de acuerdo con los argumentos presentados en la sentencia de primera instancia. Es por ello que, consideraba, debía confirmarse la pena de ocho años de prisión en primera instancia.
“No encuentro demostrado dado, a la luz de los hechos fijados en primera instancia, que su proceder haya sido producto de una acción violenta o de un estímulo tan poderoso que haya minado su voluntad y por ende venga a disminuir o atenuar la pena”, expresó Centeno.
La sentencia fue firmada por los magistrados orteguistas Juana Méndez, Marvin Aguilar y Yadira Centeno, así como por los arnoldistas Gabriel Rivera y Manuel Martínez Sevilla. Se sumaron los magistrados usurpadores Armengol Cuadra, Rafael Solís y Dámicis Sirias. Extraoficialmente se conoció que la sentencia fue proyectada por la magistrada Méndez.
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