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Regulación y competencia

La regulación sectorial de las telecomunicaciones está inmersa en un intenso proceso de reforma cuya línea principal es la aproximación a los criterios y principios que han venido guiando la defensa de la competencia. También el marco normativo de la defensa de la competencia ha vivido una profunda revisión en los últimos años.

La regulación sectorial de las telecomunicaciones está inmersa en un intenso proceso de reforma cuya línea principal es la aproximación a los criterios y principios que han venido guiando la defensa de la competencia. También el marco normativo de la defensa de la competencia ha vivido una profunda revisión en los últimos años.

Dado que la defensa de la competencia y la regulación sectorial son complementarias y tienen objetivos e instrumentos diferentes, el logro de una adecuada conexión de ambas políticas es vital para maximizar sus resultados y garantizar al mismo tiempo la seguridad jurídica de los operadores y de los consumidores.

Un aspecto que causa preocupación permanente son los acuerdos restrictivos entre operadores. Los reguladores y prácticamente todos los organismos de salvaguardia de la competencia están llamados a analizar ocasionalmente acuerdos desleales que puedan afectar a otros operadores de telecomunicaciones o causar perjuicios a los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones.

Algunos tipos de examen regulatorio se realizan antes de la firma de estos acuerdos, ya que existen leyes o condiciones de licencia que exigen la aprobación previa de acuerdos concertados por los operadores regulados. Otros exámenes se realizan a posteriori , como ocurre en el caso que un competidor presente una reclamación acerca de un efecto contrario a la competencia de un contrato ya existente.

Ciertos tipos de acuerdo de telecomunicaciones, como los de interconexión, son automáticamente examinados por los organismos reguladores. No obstante hay otros tipos de acuerdos que pueden resultar en conductas anticompetitivas.

Los “acuerdos horizontales” son acuerdos entre competidores y ocasionan problemas, ya que limitan la capacidad de competir de manera independiente y limitan severamente la entrada de nuevos operadores a los mercados.

Los “acuerdos verticales” son acuerdos entre participantes ascendentes y descendentes en el mismo mercado o en mercados relacionados. Estos acuerdos pueden excluir o restringir la competencia o lesionar los intereses de los consumidores. Entre los acuerdos verticales problemáticos están los que conducen a fijar precios al por menor o conceden derechos de propiedad exclusivos en un mercado geográfico dado.

Existen claramente ámbitos de interacción y posible conflicto entre la regulación sectorial y la defensa de la competencia. Hay tipos de conductas que pueden infringir tanto la normativa sectorial como la de competencia y, en sentido contrario, es posible que la regulación sectorial, persiguiendo alguno de sus objetivos distintos de velar por el funcionamiento competitivo de los mercados, lleve a determinados comportamientos empresariales que, bajo ciertas circunstancias, puedan ser considerados restrictivos de la competencia.

Solo habría que prohibir aquellos acuerdos horizontales o verticales que tienen efectos contrarios a la competencia. Hay muchos acuerdos horizontales que resultan útiles. Por ejemplo, los que permiten establecer normas comunes y especificaciones de productos.

Economía

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COMENTARIOS

  1. moe
    Hace 13 años

    Como se pudiese hacer un examen tecnico de la calidad de la señal a una empresa ya sea esta que brinde servicio alambrico o inalambrico preferiblemente en el servicio de internet,…llamese, enitel, Yota, movistar,…etc,…y este ofrece un servicio intermitente,…mas cuando sea firmado un contrato donde estipuela la velocidad de transmision,…por ejemplo 4.0Mbs que es la mas alta velocidad ofrecida y esta no mantiene su calidad de carga y descarga adecuadamente, que se puede hacer?

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