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El magistrado Marvin Aguilar asegura que ejercicios de apelaciones sin fiscales presentes es una vieja práctica de la Corte Suprema. LA PRENSA/ARCHIVO

Apelaciones sin fiscales “es de ley”

El vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Marvin Aguilar, dijo que la realización de las audiencias de apelación sin la presencia del fiscal, siempre que este haya expresado sus agravios con anterioridad, es una vieja práctica de la Corte y lo que hizo la semana pasada fue ratificar lo que está en la ley.

Martha Vásquez

El vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Marvin Aguilar, dijo que la realización de las audiencias de apelación sin la presencia del fiscal, siempre que este haya expresado sus agravios con anterioridad, es una vieja práctica de la Corte y lo que hizo la semana pasada fue ratificar lo que está en la ley.

Además aseguró que no hay violación a los derechos de la víctima ni del procesado porque cuando una de las partes apela, en el mismo escrito expresa los agravios o motivos de inconformidad y la contraparte se limitará a pronunciarse sobre cada agravió escrito.

También explicó que esta práctica no se contradice con la oralidad del proceso penal porque solo en primera instancia tienen que estar todas las partes por ley, mientras que en las apelaciones no es necesario, “porque no es juicio, es discusión sobre derecho”.

También agregó que si el apelante es la defensa e introdujo su escrito de agravios, pero a la hora de la audiencia no se presenta ni él ni el fiscal, se levanta el acta de ausencia de las partes y se procede a fallar el caso sin necesidad de audiencia. “No se viola ningún derecho porque los del procesado están garantizados en los agravios”, dijo Aguilar. Estas mismas reglas se aplican a los acusadores autónomos.

Nacionales apelaciones fiscales archivo

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COMENTARIOS

  1. Rolando
    Hace 12 años

    Esto esta bien porque no se le esta violentando el derecho al procesado,siendo éste un proceso de derecho no se le puede poner traba ni escusa para que el tribunal se pronuncie a derecho.
    Esto no debe de dar pié para que el tribuinal se pronuncie dentro del término legal y emita la sentencia correspondiente para que el reo pueda obtener la apelación sin retraso al término legal,siendo justo como lo debe de ser el proceso ,teniendo a las partes en igualdad de derecho.

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