Martha Vásquez
Abogados que litigan en los Juzgados de Managua se quejaron de las jueces de familia, porque supuestamente están violando la fe pública al actuar al margen de lo establecido en leyes ordinarias para estos casos.
Según los quejosos las fallas se presentan en sentencias de alimentos, donde las judiciales disponen efectuar los pagos de alimentos en el Ministerio de la Familia, contrario a lo establecido en el Código Civil.
Este Código establece que cuando los acreedores no reciben lo estipulado en concepto de pagos por obligaciones periódicas, esas cuotas pueden ser depositadas tanto en los Juzgados de Distrito como en los Notarios, quienes pueden ser depositarios bajo la figura de la Consignación. La magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Yadira Centeno, explicó que la designación judicial de depositar en Mifamilia no va en detrimento de la fe pública notarial, sino que trata de facilitar el pago y recepción de la pensión. “Si resulta a veces difícil a los obligados pagar la prestación alimentos, mucho más resultaría si tuvieran que pagar honorarios mensuales a los notarios para hacer constar el haber satisfecho la obligación alimenticia”, explicó Centeno.
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