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Yalí Molina Palacios

Particular vs. particular

El Estado frente a un particular no es más que un particular más. Esa es una máxima mantenida en nuestras leyes y en nuestro Estado de Derecho, desde luego llena de una gran hermenéutica jurídica. Esto conlleva a que cuando el Estado se encuentra litigando a través de su Procurador General de la República, quien es el abogado del Estado y quien lo representa, frente a los ojos del poder judicial no tiene más autoridad, privilegios y atribuciones, que las que tendrían otros abogados que se presenten a litigar en representación de su cliente.

Solo imagínense si esto no fuera así —¿o no lo es?— cuánta injusticia se estaría cometiendo, con cuánta desventaja los particulares litigarían en cualquier conflicto en que se vean involucrados, donde la contraparte es el Estado.

Por eso es que la ciudadanía está alarmada, pues lo que nos dicen los medios y doy el beneficio de la duda de que eso sea así, la Procuraduría está actuando por la vía de hecho, sin orden judicial, la cual está obligada a obtener en la misma forma que un abogado representando intereses particulares la tendría que hacer. La misma Policía Nacional no puede estar a la orden de la Procuraduría General de la República (PGR), igual que no lo está a la orden de un abogado particular, pues estos, al igual que la PGR para obtener el auxilio policial, lo tienen que hacer a través de los jueces y sin privilegios, solo tomando en consideración lo que al respecto dicen nuestras leyes.

Se dice que la PGR hasta ordena cancelaciones de asientos registrales y que los registradores lo hacen, nuevamente sin una orden judicial y sin un debido y garantizado proceso judicial. Si esto fuera cierto, nuevamente le concedo el beneficio de la duda, el poder judicial tiene que tomar cartas en el asunto, ahora que su presidente, la doctora Alba Luz Ramos, está haciendo un gran esfuerzo para mejorar la imagen del poder que ella preside, lo que debe ser objeto de reconocimiento y apoyo, pues una mala imagen del poder judicial conlleva necesariamente a una mala imagen de Nicaragua frente a la inversión nacional y extranjera, que tan importante es para el desarrollo de Nicaragua.

No quiero quitarle el derecho al procurador de defender los bienes del Estado, lo cual es parte de sus funciones, aunque no deja de ser contradictorio cuando se los arrebata a quienes lo están trabajando, para dárselos a otro que seguramente no tiene idea de lo que va a hacer con esas ricas tierras. Pero de todas maneras, por lo que se dice del actuar del procurador, de la complacencia del poder judicial y de la Policía que al menos la ciudadanía la percibe, tomando en consideración que la Procuraduría podría tener un legítimo derecho sobre las tierras en disputa, para tranquilidad de los inversionistas, me propongo insinuar que las controversias sean dirimidas por un Tribunal Arbitral, bajo la administración del Centro de Mediación y Arbitraje de la Caconic, cuyos árbitros gozan de una gran credibilidad y prestigio y su fallo de derecho con especialistas en el Derecho Propietario debería ser aceptado y aplaudido por todos, sea a favor o en contra de quien sea, pues un fallo parcial, o que se perciba parcial, nos echaría un balde de agua a la ilusión que tenemos de que nuestras diferencias sean resueltas estrictamente conforme a derecho. El autor es abogado

Opinión

COMENTARIOS

  1. GUICAG
    Hace 12 años

    UNA BANDA DE LEGULEYOS Y FORAJIDOS INDOCUMENTADOS SON LOS QUE REPARTEN INJUSTICIA A LOS ADMINISTRADOS. El orteguismo no sabe que el Estado de Derecho es el sometimiento de los poderes e instituciones del Estado al ordenamiento jurídico (Constitución y demás normas), a fin de hacer realidad los principios y valores de libertad, justicia e igualdad a través de la autoridad conferida al Estado y los derechos reconocidos a los ciudadanos, y donde cabe la arbitrariedad ni tiranía.

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