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Centroamérica unificó criterios para castigar tráfico de órganos humanos. la prensa/archivo

Contra el tráfico de órganos

Los presidentes de las Cortes Supremas de Justicia y otros órganos de justicia de Centroamérica, Panamá y República Dominicana acordaron que la pena mínima por tráfico de órganos debe ser de cinco años.

José Denis Cruz

Los presidentes de las Cortes Supremas de Justicia y otros órganos de justicia de Centroamérica, Panamá y República Dominicana acordaron que la pena mínima por tráfico de órganos debe ser de cinco años.

Así lo establecieron durante el Taller Técnico Regional que se realizó en Managua con el propósito de “armonizar” la legislación penal y procesal de la región contra el crimen organizado.

[doap_box title=”En Nicaragua la pena es entre 5 y 10 años” box_color=”#336699″ class=”aside-box”]

El Código Penal de Nicaragua establece en su artículo 346: “Quien sin la autorización correspondiente importe, exporte, trafique o extraiga órganos o tejidos humanos, será penado con prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial por el mismo período para el ejercicio de la profesión, oficio o actividad, relacionados con la conducta”.

Desde 2010 el país espera la aprobación de un anteproyecto de la ley de trasplante de órganos.

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Francisco Álvarez, experto en criminalidad caracterizó el delito de tráfico de órganos “como parte del abuso de la pobreza de los nacionales, para ofrecerlos a los extranjeros que tienen la suficiente capacidad económica como Afganistán y China”.

No obstante, cada país podría establecer una sanción mayor, dado el desacuerdo de los magistrados con la pena mínima establecida.

Aunque en otras legislaciones penales, como en Honduras, se expresa un mínimo de quince años de condena al individuo encontrado culpable del delito de tráfico de órganos, “no se afectará su legislación penal, porque lo que se quiere es que no baje a menos de cinco años y tendrá un techo abierto para que cada país establezca un máximo”, dijo Álvarez.

En el caso de Nicaragua el vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Marvin Aguilar García, enfatizó que la legislatura nicaragüense “indica que cuando hay atenuantes la pena máxima a imponer no es la mínima, sino, la mitad de la mínima para el tráfico de órganos”.

En Panamá, por ejemplo, el delito de tráfico de órganos tiene una pena de diez a doce años.

La coordinadora del área penal y procesal del Consejo Nacional de la Judicatura de El Salvador, Francis Vaquero sostuvo: “Estamos considerando una pena de cuatro a ocho años de prisión y en el caso de los agravantes que establecimos, son coincidentes con las presentadas por la propuesta de Armonización de la Legislación Penal y Procesal de Centroamérica contra el crimen organizado, ya que aparte de la minoría de edad, incluimos como agravantes a los profesionales de la salud”.

Durante la conferencia se notificó a los magistrados de Cortes, fiscales y Ministros de Seguridad, de Gobernación y Policía, que la ampliación del término del delito se conocerá como “Delito de tráfico de órganos y tejidos humanos de donantes vivos o muertos”.

También serán castigadas las clínicas o personas que realicen ofertas de venta de órganos en el mercado.

La Conferencia de Ministros de Justicia de Iberoamérica se realizó la semana pasada en Managua.

Nacionales órganos tráfico archivo

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