Vladimir Vásquez
- “Ahora los afectados vamos a unirnos para presentar una demanda que obligue a la empresa distribuidora a resarcir todos los pagos que hemos hecho de más desde 2010”.
- Orlando Gutiérrez, jubilado que demandó la revisión de Ley 720.
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Según cálculos de la Unidad del Adulto Mayor, por lo menos 4,000 afiliados no gozan plenamente de estos beneficios y no han logrado que ningún ente regulador los ampare ante las empresas que se niegan a cumplir la Ley 720.
Para el director del Instituto de Defensa de los Consumidores, Marvin Pomares, hay desconocimiento de los adultos mayores sobre cómo acceder al beneficio. Explica que necesitan acudir a las centrales de cada empresa para hacer el papeleo correspondiente y que de esta manera se pueda hacer efectivo su descuento.
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A pesar de que la Ley del Adulto Mayor establece en su artículo siete que los adultos mayores tienen derecho a un descuento del cincuenta por ciento en la tarifa de energía eléctrica, treinta por ciento en el pago del agua potable y veinte por ciento en los servicios de telefonía, no se está cumpliendo con esto según denuncia Orlando Gutiérrez, un jubilado que tuvo que recurrir a instancias superiores para exigir sus derechos.
Gutiérrez cuenta que el día en que decidió pedir el descuento que la ley le otorga en su factura de energía eléctrica, en la empresa le dijeron que eso “estaba en revisión”.
El hecho lo llevó a interponer una denuncia en el Instituto Nicaragüense de Energía (INE) que emitió una resolución donde obliga a la empresa distribuidora de energía Gas Natural a aplicar la rebaja.
Aún con esos documentos el afectado no logró hacer que se cumpliera la ley y otro jubilado, Denis López, decidió llevar el caso al Tribunal de Apelaciones de Managua, que mandó a aplicar el descuento sobre el monto total de la factura de energía eléctrica, “por tanto nadie puede afirmar o interpretar que esta rebaja es únicamente para los primeros 150 kilovatios hora de la tarifa”, cita la resolución emitida por la Sala número uno del TAM.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, a donde también recurrió López, hizo eco de esta denuncia y en la sentencia número 1276, del 25 de julio del 2012, establece que el afectado deberá gozar de los beneficios establecidos en
la Ley 720, Ley del Adulto Mayor.
La sentencia manda a Gas Natural Fenosa a acatar la citada ley, cobrar el cincuenta por ciento de la factura al recurrente y dejar de interpretar esa norma a favor de la compañía en contra del jubilado beneficiado.
El presidente de la Unidad Nacional del Adulto Mayor, Porfirio García, dice que a pesar que la Ley 720 fue aprobada en el 2010, todavía no se logra el total cumplimiento de sus beneficios. “Si ya se estuviese aplicando nosotros tendríamos derecho, cuando vamos a los departamentos, a pagar la mitad del costo del pasaje”, reclamó García.
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