Martha Vásquez
Nuevamente los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia argumentan la pena moral que sufre el violador para reducirle la pena. Esta vez el beneficiado fue Jimmy Fariñas Alvarado, a quien le redujeron la pena de 15 a seis años de prisión.
El condenado introdujo una acción de revisión de la pena de 15 años de cárcel por violación agravada en perjuicio de un niño de 11 años, por considerarla severa.
Los magistrados al resolver dicha solicitud encontraron dos circunstancias atenuantes o que disminuyen, según ellos, la responsabilidad del condenado, entre estas la pena natural y la ausencia de antecedentes.
“El acusado ha sufrido a consecuencia del hecho un daño moral grave, por exponerlo al menosprecio público, ante sus compañeros de trabajo, las personas de su entorno familiar y social, lo que implica un reconocimiento que el hechor sufre tanto moral como corporal con la aplicación de la pena”, reza la sentencia, notificada la semana pasada.
ANTECEDENTE
Por esto los magistrados le aplican el artículo 78 del Código Penal, literal C, donde imponen la mitad de la pena mínima del delito condenado.
Una de las sentencias controversiales en que los magistrados aplicaron esta atenuante en el 2011 fue en la sentencia de Farinton Reyes y Fátima Hernández, en un caso de violación.
Jimmy Antonio Fariñas Alvarado fue condenado en el 2011 por la juez Ingrid Lazo, quien lo encontró culpable de violación agravada en perjuicio de un monaguillo de 11 años, hecho ocurrido en noviembre de 2009, en una iglesia de la capital.
En la sentencia, la judicial señala como agravantes la superioridad y la confianza del agresor sobre la víctima, pues era el guía espiritual de los acólitos de la parroquia adonde asistía el menor.
La juez Sexto Distrito Penal de Juicio también estableció como agravante el daño psicológico que la agresión sexual causó a la víctima.
Con la rebaja de pena que los magistrados hacen al agresor sexual prácticamente lo dejan en libertad, ya que abonando a la pena al dos por uno, al trabajar dentro del penal, podrá salir con prontitud y no en el 2027, fecha en que culminaba su pena inicial.
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