Elízabeth Romero
La mediación en los casos de violencia tiene a muchas mujeres muertas, denuncia la directora del centro de atención a mujeres violentadas Acción Ya, Martha Munguía.
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Esto “porque no son mujeres legalmente”, señala Solís, quien considera que donde se debe de plantear el tema es en el Código de Familia, donde debe quedar establecido el derecho a cambiar la identidad.
Y es hasta que tengan el cambio de identidad y de nombre que podrían plantear el tema.
Solís manifestó que si por una reforma se incluyera esta situación, se estaría poniendo en práctica el dicho de que estarían poniendo adelante “los bueyes de la carretera”.
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Según la defensora, la figura de la mediación puede ser aplicada para resolver conflictos laborales, por ejemplo, pero no en los casos de la violencia contra las mujeres, pues “la violencia no es un problema es un delito, donde el bien protegido es la vida de las mujeres”.
Munguía advierte a las autoridades que pretenden reformar la Ley 779, Contra la Violencia Hacia las Mujeres, que ha aumentado la peligrosidad de la violencia en el país y muchos casos que terminaron en crímenes las víctimas habían mediado con el agresor.
“Por responsabilidad y por moral deberíamos impedir que la mediación no se vuelva a aplicar”, sugiere Munguía.
Las estadísticas dicen que más de la mitad de las víctimas de femicidio habían denunciado, no habían procedido a acusar o mediar.
Cuando el agresor siente que otras personas han conocido de la violencia que ejerce contra la mujer, “aunque haga una mediación, cuando regresa ante la intimidad con esa mujer se desquita y tienen actitudes de venganza porque ella habló, porque rompió el silencio”, dijo.
“Le toca al Estado nicaragüense educar a los hombres para romper con la violencia”, indica Munguía, quien considera que una medida preventiva no es que las mujeres permanezcan refugiadas por toda la vida, sino que el hombre sea capturado.
Además considera que no hay violencia menos grave, sino que se debe detener todo tipo de violencia “desde que comienza, porque lo que empezó como grito seguirá con golpes”, advierte Munguía.
Por otra parte, Azahálea Solís, del Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), en un conversatorio con periodistas expuso un análisis de la ley realizado de forma conjunta con el Centro de Derechos Constitucionales.
Recordó que el artículo 36 de la Constitución, que entre otras cosas señala que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física”, recoge las demandas de protección a la mujer y no específicamente a malos tratos en general.
Solís destacó también que el Código Procesal Penal (CPP) establece que no hay mediación en delitos patrimoniales cuando se da sobre la base de la violencia.
“Si en la ley general que es el Código Procesal Penal no hay mediación por razones que deriven de la violencia ¿cómo en la ley especial que es sobre la violencia va a existir?”, pregunta Solís.
Ambas critican la falta de políticas públicas en el tema, pese a que existe un compromiso de las autoridades que las mismas estarían listas en diciembre pasado.
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