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José Adán Aguerri. LAPRENSA/ARCHIVO

Presentan recurso en la CSJ contra Ley de Escáner

Ya existe en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un recurso por inconstitucionalidad parcial contra la Ley de Escáner en las aduanas de Nicaragua. Sin embargo el recurso legal fue presentado en calidad de ciudadano por José Adán Aguerri, presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), y no como cúpula empresarial.

Lucía Navas

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Ya existe en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un recurso por inconstitucionalidad parcial contra la Ley de Escáner en las aduanas de Nicaragua. Sin embargo el recurso legal fue presentado en calidad de ciudadano por José Adán Aguerri, presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), y no como cúpula empresarial.

De manera oficial el Cosep informó que el recurso por inconstitucionalidad parcial en contra de la Ley No. 841, Ley de Concesión de los Servicios de Inspección no Intrusiva en los Puestos de Control de Fronteras para la Seguridad Nacional, busca que el máximo tribunal deje inaplicable los artículos 6,7 y 9 de la ley.

Dicha Ley está vigente desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial No. 120, del 28 de Junio del 2013. La acción legal de Aguerri va “en contra del presidente de la Asamblea Nacional, René Núñez Téllez, por ser el representante del Poder Legislativo que elaboró y aprobó la citada Ley, lo mismo contra el Presidente de la República, por ser el funcionario representante del Poder Ejecutivo que sancionó, promulgó y mandó a publicar la ley ya citada”.

Por ser un recurso por inconstitucionalidad parcial Aguerri solo solicita la inaplicabilidad de los artículos 6, 7 y 9 de la Ley de Escáner argumentando que se violenta derechos y garantías constitucionales consignados en 13 artículos de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

De acuerdo a la información facilitada por el Cosep, se indica que las violaciones están en que el pago del Servicio de Seguridad Aduanera a partir de la instalación y prestación del servicio de inspección no intrusiva, conforme los términos del contrato suscrito el día 31 de mayo del 2013, por el la Dirección de Servicios Aduaneros (DGA) con la empresa Alvimer Internacional y Compañía Limitada.

“Se debe precisar que con esa ley se está obligando a pagar el impuesto disfrazado de un cobro de Servicio de Seguridad Aduanera (SSA) de un cero punto veinte y seis por ciento (0.26 %) sobre el valor CIF total de las Mercancías o Carga declarada en todas y cada una de las Declaraciones Aduaneras de Importación”, se puntualiza en la nota del Cosep.

Se le hace saber a la Corte que como efecto las empresas “estarán obligadas a reducir el número de trabajadores” porque se creó un impuesto a la exportación. También se quiere se deje inaplicable el el pago de 15 dólares por los vehículos que ingresen al territorio de la República de Nicaragua en condición de Tránsito Internacional; por los vehículos del transporte colectivo de pasajeros; y los contenedores de las empresas de zonas franca.

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