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LA PRENSA/ARCHIVO

CSJ propone reformar artículo 46 de la Ley 779

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró la no inconstitucionalidad de la Ley 779, o Ley Contra la Violencia Hacia las Mujeres, pero propone a la Asamblea Nacional reformar el artículo 46 de dicha norma, para flexibilizar la mediación en delitos menos graves.

Martha Vásquez

[email protected]

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró la no inconstitucionalidad de la Ley 779, o Ley Contra la Violencia Hacia las Mujeres, pero propone a la Asamblea Nacional reformar el artículo 46 de dicha norma, para flexibilizar la mediación en delitos menos graves.

Esta resolución fue firmada de forma unánime hoy por los magistrados de facto, en su mayoría, de la Corte Suprema.

Los recurrentes contra la Ley 779 por supuesta inconstitucionalidad de la misma, fueron los abogados Bismarck Dávila y Salvador Ruiz, recursos que fueron interpuestos en diciembre del año pasado.

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COMENTARIOS

  1. 100%Nica
    Hace 11 años

    Son mujeres gay las que inventarion esta ley.

  2. Rene
    Hace 11 años

    ja ja ja que monton de gente miro con esta pancarta que apoya la ley…parece que ni las mismas mujeres quieren la ley 779

  3. nelson
    Hace 11 años

    Habria que especificar q se entiende por menos graves,es decir cuales se consederan menos graves?

  4. Luis02
    Hace 11 años

    si es tan aceptada esta ley 779, por que solo miro tres pelagatas que sostiene esa pancarta, donde estan todas las mujeres detras de esa pancarta..??

  5. José Cabezas
    Hace 11 años

    No me he tomado la molestia de leer la tal ley 779. Pero de sólo oír los comentarios ciudadanos, creo que la mencionada ley, lo que ha hecho es aumentar la violencia criminal contra las mujeres y contribuir a la desunión familiar. El problema no es la violencia doméstica, el principal problema es la falta de educación general de la mayoría de los nicaragüenses. Cuantas actividades hacen los niños y las niñas de primaria y secundaria para educarlos, a ambos, para que no sean machistas

  6. Valerid
    Hace 11 años

    Cuando se refiere a delitos menos graves, se refiere a aquellos delitos que la pena impuesta es inferior a cinco años , por ejemplo delito de amenazas, intimidacion, violencia economica.

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