Esta semana apareció publicada, y vigente, una reforma al reglamento de la Ley de Concertación Tributaria (LCT) de Nicaragua hecha por el ejecutivo, que tomó por sorpresa al Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) que rechaza la nueva legislación y afirma que “tomará” acciones.
Desde agosto del año pasado equipos técnicos del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) y el Gobierno venían discutiendo los cambios a aplicar a la política tributaria recién estrenada, reiterando siempre los empresarios que la modificación no debía aumentarles el pago de impuestos, lo cual no ocurrió pues el decreto 06-2014, vigente desde el pasado martes 11 de febrero sí afecta sus intereses.
El nuevo reglamento de la Ley 822 omite varias solicitudes hechas por el Cosep en los meses que discutieron la propuesta, siendo el aspecto más relevante la limitación de las exenciones de impuestos de las transacciones mediante Bolsas Agropecuarias.
La Ley de Concertación Tributaria (822) —con apenas un año de vigencia— ya tuvo una fe de errata (22 de enero de 2013), y ahora sufre modificaciones mediante la reforma a su reglamento.
La anterior Ley de Equidad Fiscal fue modificada en numerosas ocasiones, siendo estos cambios desde ajustes a un par de artículos, hasta una transformación, como la aprobada en diciembre de 2009.
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El reglamento vigente hasta el lunes indicaba que “las transacciones que se efectúan y los ingresos que se generen por las ventas en las bolsas agropecuarias, independientemente del monto no estarán afectas del IVA, ISC, Impuesto Municipal sobre Ingresos y e Impuesto de Matrícula Municipal anual”.
En cambio, el nuevo reglamento en su artículo 11 es claro en que solamente “los ingresos por transacciones de bienes autorizados a tranzar (sic) en bolsas agropecuarias, con monto anual menor o igual a cuarenta millones de córdobas (C$$40,000,000.00), no estarán afectos al IVA, ISC y el Impuesto Municipal sobre Ingresos”.
“Los contribuyentes cuyas transacciones en bolsas excedan el monto anual de cuarenta millones de córdobas (C$$40,000,000.00), así como los grandes contribuyentes inscritos en la Administración Tributaria y que realicen transacciones en bolsas agropecuarias, estarán obligados a liquidar, declarar y pagar el IR… También estarán sujetos al pago de los tributos municipales”, continúa el reglamento.
Esa era una de las propuestas que el Gobierno había presentado en las discusiones y había sido rechazada por el Cosep, por considerar que “modifica el artículo 264 de la LCT y su disposición reglamentaria”, según se lee de uno de los documentos intercambiados en diciembre pasado.
Solo en 2013 las transacciones en la Bolsa Agropecuaria de Nicaragua alcanzaron unos 18,000 millones de córdobas, un diez por ciento más que en 2012, lo que refleja el dinamismo que han adquirido.
COSEP RECHAZA
Sin hacer referencia a ningún artículo del nuevo reglamento de la Ley 822, José Adán Aguerri, presidente del Cosep, rechazó el decreto publicado en La Gaceta del jueves 13 de febrero.
“No nos pusimos de acuerdo, no estamos de acuerdo con el cambio y estamos valorando cuáles son las acciones que vamos a tomar al respecto”, dijo escuetamente.
Aseguró que durante la semana que inicia va a referirse “específicamente cuáles” de los artículos son con los que no están de acuerdo.
A criterio del economista Adolfo Acevedo, “las reformas al reglamento publicadas, parecen orientadas principalmente a llenar en parte los vacíos de orientación más detallada para la implementación de la Ley que tenía el reglamento original”, que por sus vacíos había ocasionado interpretaciones caprichosas por las autoridades.
El especialista señala que llama la atención lo que no trae el nuevo reglamento: “Los puntos medulares que se estuvieron negociando con los grupos empresariales”.
Él opina que “pudo obedecer, quizá, a que no se alcanzaron acuerdos, o a que al final se consideró que resultaría temerario reformar una ley que estaba dando claros avisos de estarse traduciendo en un fuerte déficit recaudatorio”.
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