Puesto a elegir entre seguir siendo parte del Reino Unido (junto con Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte), o ser independiente, el pueblo de Escocia decidió el jueves de esta semana, mediante referendo, permanecer bajo la bandera común británica.
Este referendo fue un acto crucial para Escocia y el Reino Unido, con fuertes repercusiones para Europa y todos aquellos países donde hay naciones y etnias de mayor o menor tamaño que quieren aparecer en la escena internacional como países independientes.
Sin duda que si la mayoría de los votantes escoceses hubiera decidido constituirse como un Estado independiente, su decisión hubiera puesto en crisis a la Unión Europea y habría impulsado fuertemente las tendencias y movimientos separatistas que hay en no pocos países de diversas partes del mundo. Inclusive en aquellos países donde el independentismo todavía es débil y no constituye un problema de gran significación, si en el referendo la opción por la independencia de Escocia hubiese triunfado las aspiraciones separatistas se hubieran fortalecido automáticamente, de manera ineludible.
El derecho de las naciones a la independencia y a la autodeterminación es reconocido por el derecho internacional público y el derecho político.
El primero (derecho a la independencia nacional), le asiste a los pueblos que están sometidos por la fuerza a una nación o Estado dominante, pero aspiran a gobernarse por sí mismos.
El segundo (o sea el derecho de autodeterminación nacional), lo tienen las poblaciones de territorios que están tutelados por una soberanía ajena, o cuya población no está conforme con su integración en un Estado aún cuando disfrute los mismos derechos de las poblaciones de los otros territorios, y quiere ser independiente o gozar de un estatuto de autonomía sin romper la unidad exterior. Este es el caso de las comunidades autónomas de España e inclusive el de Nicaragua con las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica del Norte y del Sur.
La Organización de Naciones Unidas (ONU) ha establecido claramente en sus Resoluciones 1541 y 2625, que un pueblo puede tomar la decisión de constituirse como Estado independiente, de asociarse a otro Estado ya existente o de regirse por cualquier otro estatuto político (como por ejemplo el de autonomía o el federal), siempre y cuando lo decida libremente, por su propia voluntad. Pero el derecho a la autodeterminación genera tensiones por su contradicción con el derecho a la integridad territorial de los Estados, por lo cual no se respeta como es debido. Y donde se reconoce este derecho, el referendo es el mecanismo institucional por excelencia para tomar la trascendental decisión de ejercer la opción a la autodeterminación, siempre y cuando la gente pueda votar libremente en comicios transparentes y honestos.
Los británicos, incluyendo a los escoceses, han corrido un gran riesgo propio y han puesto en peligro a toda la Unión Europea al realizar un referendo que pudo haber desmembrado al Reino Unido, cuyo poder material, influencia política y autoridad internacional se basa precisamente en su unidad territorial. Sin embargo, cuando hay instituciones sólidas y arraigadas y una población educada en los principios cívicos y los valores de la libertad y la democracia, no hay ninguna razón para no permitir que el pueblo ejerza plenamente su soberanía.
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