Tras conocer que algunos funcionarios judiciales andaban ejerciendo su profesión como abogados y notarios en horas laborales, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) mandaron un llamado de atención a todos los trabajadores, recordándoles que tal ejercicio está prohibido por la Ley de Carrera Judicial y existen sanciones por tal incumplimiento.
La advertencia la realizó el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial mediante una circular, en la cual les recuerda a magistrados de apelaciones, jueces, secretarios, asesores, oficial notificador y defensores públicos que no deben hacer trámites legales para nadie, ni aunque estén de vacaciones o permiso.
EVITAR CORRUPCIÓN
Según la circular firmada por Rubén Montenegro, secretario general de la CSJ, se observó a funcionarios de ese poder del Estado “concurrir a otras dependencias judiciales a realizar trámites, elaborar documentos jurídicos o instrumentos públicos en horarios laborales en asuntos que no son propios de sus funciones”.
También les recuerda que esas prácticas son incompatibles con el desempeño como funcionarios judiciales y violan el Código de Ética del poder judicial, “ya que se trastoca la imparcialidad, presupuesto esencial para la correcta administración de justicia”.
Los trabajadores administrativos también tienen prohibido ejercer la abogacía salvo en causa propia y con previa autorización de su superior; mientras que el notariado solo lo podrán ejercer en horas no laborables y en casos que no tengan nada que ver con asuntos de propiedad.
Los magistrados también recordaron a los miembros de la carrera judicial que queda prohibido el tráfico de influencias o favoritismo en cualquiera de las dependencias del poder judicial, incluyendo otras instituciones vinculadas como Catastro, Fiscalía y Procuraduría.
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