El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) reiteró su llamado para que un juez militar declare no culpable al doctor y teniente primero, Yader Montiel Meza, y ordene su inmediata libertad. Montiel comparecerá hoy ante un juez militar, acusado de incurrir en el delito contra el decoro del Ejército de Nicaragua.
La abogada del Cenidh, Wendy Flores, manifestó que ante la falta de pruebas, el juez militar también tiene la facultad de clausurar anticipadamente el proceso.
A Montiel le acusan de haber emitido comentarios críticos tras la represión policial en El Tule, el 24 de diciembre del año pasado contra los protestantes del Canal. Según la denuncia de la fiscal militar, testigos del centro de salud local señalan que Montiel habría señalado que estábamos como en los años ochenta , en presencia de una Navidad Roja, ya que se estaba tiñendo de sangre de nuestros hermanos campesinos, que están defendiendo sus derechos.
175 es el artículo del Código Militar que establece el delito contra el decoro militar, el cual refiere que será castigado con la pena de tres meses y un día a dos años de prisión.
Flores indica que una eventual condena contra Montiel, esa autoridad militar estaría violentando gravemente los derechos humanos y el estado estaría comprometiendo su responsabilidad internacional por violar los derechos humanos del detenido.
Esto porque la abogada del Cenidh alega que Montiel no tiene vedado sus derechos humanos, ni sus derechos constitucionales aunque sea militar y puede expresar lo que considere pertinente.
Recordó que las expresiones que se le atribuyen fueron ofrecidas en el contexto político que se estaba viviendo en ese momento de un acto de represión en la comunidad de El Tule. Flores pregunta ¿por qué le abren un proceso militar si las expresiones que le atribuyen no las emitió frente a una tropa?
Por su parte PEN Internacional, capítulo Nicaragua en representación de treinta mil escritores emitió un pronunciamiento a través del cual expresa su preocupación por la situación de Montiel y se suma a la petición de la anulación del juicio previsto para hoy.
Represalias de este tipo solo conducen al miedo y a la vigilancia oportunista para rédito político personal; una práctica que el Estado haría muy mal en estimular, dice PEN Nicaragua.
CAUSAS ESTABLECIDAS
Son tres las causales que establece el artículo 175 del Código Militar, Contra el Decoro Militar. A continuación las tres opciones:
- Agrediese a otro militar.
- Usase intencionadamente uniforme, emblemas, distintivos o insignias militares, medallas o condecoraciones que no tenga derecho a usar.
- Cometiere actos de conducta deshonesta, indecente, indecorosa o inmoral que resulte en perjuicio del buen orden y disciplina del Ejército.
Aparentemente ninguna de esas causales incurrió el militar acusado.
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