Cinco acusados se sientan ante un juez una vez más. Nahúm Bravo es el centro de las miradas. Se ve confundido, con el ceño fruncido y la mirada perdida. Jairo Ugarte, su coautor, aparece cabizbajo y pensativo al otro extremo de la fila. Ambos son cómplices en el asesinato de tres personas: padre, esposa e hija, la familia de Nahúm. Él debe intuir lo que piensa la gente de él. Lo debe percibir en las miradas curiosas y secas que lo acusan. Y quizás por ello Bravo renunció a ser juzgado por un Tribunal de Jurado y prefirió un juez técnico.
El crimen de Nahúm ha generado conmoción social. En las redes sociales piden su muerte y la condena pública parece ser unánime por un crimen atroz: puñales, bates, entierro, fiesta y música sobre la tumba. Desde la aparición de los tres cuerpos putrefactos en una fosa para aceite, la captura de los supuestos criminales, el embarazo de una de las acusadas, hasta la reveladora confesión de cómo mató a su hermana y a su padre. Todo parece ser sacado de una película de terror y no un archivo del poder judicial.
El próximo 29 de mayo se realizará el juicio para Nahúm Bravo y compañía, pero la decisión de inocencia o culpabilidad la tomará un juez, Carlos Silva Pedroza. Un abogado de profesión con 17 años de trabajar en el poder judicial. Juez Cuarto Distrito Penal desde hace dos años, el mismo quien ya dictó la sentencia a 71 años de prisión para Jairo Ugarte el viernes pasado.
Esta vez no serán cinco ciudadanos civiles los que irrumpirían su rutina laboral u ociosa para presentarse a los Juzgados de Managua y ser parte de la condena o liberación de estos cinco reos. ¿Por qué? ¿Qué diferencia hay entre un jurado de conciencia y un juez?
Los tribunales
En la Sala 6 del nuevo edificio del poder judicial ingresan ocho personas. Se sientan y ya se ven cansadas. A la izquierda, uno de ellos bosteza. En frente de él otro parpadea repetidamente evadiendo el ceño. En la tercera fila dos mujeres cruzan sus brazos y apoyan de distinta forma la barbilla contra sus manos. Parecen enojadas, aburridas, impacientes. Mientras la juez les explica los requerimientos que se necesitan para elegir y conformar el jurado, una de ellas interrumpe: “¡Estamos aquí desde las 10:00 de la mañana y ya son las 12:00 (…)”, escucha Adela Cardoza, juez Segunda Distrito Penal.
Cardoza les explica que el proceso no es algo que tenga un tiempo definido, que es como ir al hospital y esperar que un médico atienda por diez minutos a cada paciente. Que depende de los hallazgos de cada uno el tiempo que se vaya a tardar. Que algunas declaraciones son breves y otras largas. Que unos juicios tienen más testigos que otros. Que esto, lo otro y aquello.
“Nosotros no quisiéramos causar estas incomodidades. Cada caso es relevante y tiene una complejidad distinta. Pero la Ley señala sanciones para los empleadores que no permitan o deduzcan de su salario a sus empleados que sean citados como jurados, sean electos o no y hasta por 1,900 córdobas. Con gusto les daremos constancias si lo estiman necesario”, replica la juez amable y pausada.
El año pasado 17,022 personas, iguales a estas ocho, decidieron atender la citatoria judicial para integrar un jurado, según Roberto Larios, jefe de Relaciones Públicas del poder judicial. Esta cantidad de personas estuvo presente en 2,837 juicios.
En lo que va de este año 4,674 pobladores comunes han tenido en sus manos el destino de cientos de hombres y mujeres acusadas en los juzgados.
La cifra parece gigante, sin embargo, estos juicios por Tribunales de Jurado, también conocidos como Jurados de Conciencia, corresponden a nada más el diez por ciento de los procesos que se evalúan en el Complejo Judicial de Managua, explica Silva Pedroza.
En esta sala, un miércoles a mediodía, las ocho personas más o menos calmadas después de escuchar a la juez no tienen más remedio que esperar que se dé la conformación del jurado.
En este quedarán nada más cinco titulares y un suplente. Uno de ellos será el portavoz que después de escuchar todas las declaraciones y testimonios, dirigirá la deliberación en una sala privada y luego se encargará de comunicar el veredicto.
El poder de juzgar
El día que llegó la citatoria la leyó y sonrió. Ya había escuchado que “cualquier persona” podía ser electa como jurado. No le dio tanta importancia a la advertencia que decía “de no presentarse se hará uso de la fuerza pública”.
“Nunca lo hacen, yo fui por curiosidad”, asegura Sandra Ganoa (seudónimo), quien dictó libertad a un reo acusado de robo con intimidación “o una cosa así”, allá por el 2010. Más o menos.
“Yo siempre he dicho: si cometiera un delito pediría a un Jurado de Conciencia, porque sé que tendría más posibilidades de salir libre”, sostiene Sandra, quien considera la conformación de jurados “más que nada” como una pérdida de tiempo.
Confiesa que en ese breve espacio que duró la deliberación, 5 o 7 minutos, sintió algo de poder. “Pero fue un juicio rápido, la víctima se había arrepentido de seguir con el proceso. Parecía asustado y dijo que ni siquiera reconocía al acusado, quien ya tenía dos meses de estar en prisión preventiva”, cuenta Sandra.
Después de la negación del testimonio de la víctima, se dieron los alegatos finales. La abogada defensora insistía en algo llamado “duda razonable”, recuerda Sandra. Mientras que la fiscal explicaba que la víctima podría estar bajo amenaza o coacción.
“Hablamos, recuerdo que hablé, aunque no recuerdo qué dije. Pero no había testigos y no había nadie que lo acusara, todos parecíamos estar de acuerdo”, narra Sandra.
La forma que se emplea para emitir los veredictos es “segura y secreta”, afirma Carlos Silva Pedroza. Hay una urna pequeña con dos compartimientos. A cada miembro del jurado se le dan dos “bolitas”, una negra y una blanca, para veredictos de “culpabilidad” y “no culpabilidad”. En la urna se depositan las que serán reveladas para conformar la decisión en un lado y las sobrantes en el otro. Ese día, en el juicio en que participó Sandra, las cinco bolitas eran blancas.
“En realidad yo no sé si el acusado era culpable o no, lo vi una vez en el estadio y solo pensé: ‘ah ese es el tipo’. Solo sé que si me volvieran a llamar no iría, porque ya sé lo que es y creo que no sirve”, menciona Sandra, quien aún espera el pago de 438 córdobas que se le asigna a cada ciudadano que participa en juicios como jurado.
Una figura en extinción
“Eso de la justicia es bien relativo. Yo no puedo especular y decir que es mejor un jurado o que es mejor un juez técnico”, asegura Silva Pedroza. Porque tiene sus ventajas el ser juzgado por cinco personas en vez de una, según él, “es más difícil que se equivoquen cinco, que se equivoque uno y así la justicia es más democrática porque está siendo administrada directamente por el pueblo”, refiere.
Sin embargo él mismo asegura también que es bastante difícil integrar a un Tribunal de Jurado, porque las personas poco comparecen al llamado que se les hace.
Desde ese punto de vista, según Silva, un Jurado de Conciencia más bien causa atrasos porque si el acusado no renuncia a ese derecho y luego no se puede integrar el jurado, entonces el juicio no se puede iniciar.
“Esto sin contar con el gasto que se incurre y el hecho que los jurados no están conscientes de ese papel y de lo que significa, muchas veces lo que se aprecia es que el jurado se dedica a dar amnistías e indulgencias y no se remiten a la pruebas y a veces el jurado dice ‘no pobrecito’ y entonces lo perdonan”, dice.
El caso de Nahúm Bravo es complicado y su renuncia a ser “juzgado por el pueblo” es una estrategia, considera el juez.
Pero es una “mala estrategia” para Vilma Ampié, abogada que representará a las víctimas en este juicio: “Al parecer en su mente, que no está loco, está pensando que él puede apelar a una pena más atenuada, aunque existan pruebas contundentes y una confesión que prácticamente lo condena”. “Sabe que tiene la opinión pública en su contra”, añade al respecto Sandra Ganoa.
Según Silva Pedroza, el Código Penal establece entre 300 y 350 comportamientos de delitos graves, menos graves y faltas penales, de los cuales el ochenta por ciento es competencia de juzgados locales, donde no hay jurado.
“En los Juzgados de Distrito les queda el veinte por ciento, pero con todas las excepciones la aplicación para Jurados de Conciencia son solamente diez por ciento”, reitera el juez. Entre ellos el asesinato.
La renuncia de Nahúm, sumado a otros factores, va reduciendo la función de los jurados a una cantidad ya mínima, “entonces el principio de la constitución que da derecho a ser juzgado por jurado ya va desapareciendo”, considera.
DIFERENCIAS:
Cuando se juzga ante un Jurado de Conciencia se dicta veredicto. Este es inapelable y no permite recurso alguno.
Cuando se juzga con juez de Derecho se le llama fallo y sí admite recursos o apelaciones.
Juez técnico es un hombre o mujer que dicta sentencia. Un jurado son cinco personas las que deciden.
El juez es un abogado.
El jurado lo integran personas de cualquier oficio o profesión.
El juez tiene que motivar “hechos y derechos”. El jurado emite veredicto sin hacer públicas sus razones.
UN JUICIO POR JURADO:
Obligaciones: atender a la convocatoria, informar sobre sus impedimentos, prestar promesa de ley, cumplir las instrucciones del juez, no dar declaraciones sobre el juicio, dictar veredicto con imparcialidad.
Requisitos: Tener 25 años, en pleno ejercicio de derechos civiles y políticos, tener domicilio en el territorio del distrito, no tener discapacidades físicas ni psíquicas, no haber participado ese año en otro juicio.
Prohibiciones: No pueden ser jurados quienes gocen de inmunidad, profesionales de Derecho, funcionarios judiciales, funcionarios de la Dirección de Defensores Públicos, de la Fiscalía General de la República, de la Procuraduría General de Justicia, de la Policía Nacional o de instituciones penitenciarias y los miembros del Ejército Nacional o quienes hayan sido condenados o tengan parentesco con los participantes del juicio.
El juez: Presidirá el juicio y resolverá todas las cuestiones legales que se susciten e instruirá al jurado acerca de las normas por tener presentes en sus deliberaciones.
El jurado: tiene un plazo máximo de 72 horas para llegar a un veredicto.
ALGUNOS CASOS POLÉMICOS:
En octubre de 2004 un jurado de conciencia declaró inocente a Byron Jerez, exdirector de la Dirección General de Ingresos, acusado de malversación de caudales del Estado y fraude por más de 12 millones de córdobas, en el caso conocido como los “camionetazos”.
Junio 2006: Un jurado de conciencia que declaró no culpables a José Ángel Padilla Oporta, Carlos Alberto Padilla Oporta y Marcos Reñazco Padilla, por el asesinato de cuatro agentes policiales en Bluefields.
Diciembre 2005: Un Jurado de Conciencia declaró inocente al profesor de Español, Jesús Manuel Salgado, quien fue acusado de corrupción de menores en León.
Agosto 2008: Un Jurado de Conciencia declaró inocente a Cristian Ariel Dávila Sánchez, quien fue acusado por la violación en Granada.
Ver en la versión impresa las paginas: 8 ,11 ,9 ,10