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LAPRENSA/ARCHIVO

Muerte de adolescente en Colombia abre debate sobre control en redes sociales

La muerte de una adolescente en Bogotá, cuyo cadáver fue hallado junto al de un joven de 21 años que conoció a través de Facebook, reabrió hoy el debate en Colombia sobre el uso de las redes sociales entre menores y la conveniencia de permitir un mayor control de los padres sobre las cuentas de sus hijos.

La muerte de una adolescente en Bogotá, cuyo cadáver fue hallado junto al de un joven de 21 años que conoció a través de Facebook, reabrió hoy el debate en Colombia sobre el uso de las redes sociales entre menores y la conveniencia de permitir un mayor control de los padres sobre las cuentas de sus hijos.

La fallecida, Natalia Andrea Seña Bernier, quien tenía 15 años, conoció a quien al parecer era su pareja a través de las redes sociales y entablaron una relación que se presume se fortaleció en Facebook, según la versión que manejan los medios locales.

El joven de 21 años era oriundo de la ciudad de Barranquilla, en el Caribe colombiano, y se desplazó hasta Bogotá para encontrarse con ella.

Al parecer ambos acordaron una cita y, unos días después, aparecieron muertos en un motel de la zona sur de Bogotá desde donde fueron trasladados a Medicina Legal.
Las amigas de Seña conocían la relación que mantenían, sin embargo la familia no tenía noticia.

Al desaparecer la chica, el pasado 26 de julio, los familiares entraron en las redes sociales de Seña y conocieron las conversaciones que había mantenido con el joven.

El caso ha reabierto el debate en Colombia sobre la ideoneidad de que los padres controlen las conversaciones de sus hijos en las redes sociales para prevenir casos similares.

Catherine Rodríguez, tía de Seña, afirmó hoy en una entrevista con Caracol Televisión la necesidad de que los padres realicen ese control.

Precisamente este lunes la Corte Suprema avaló que los padres revisen las comunicaciones de sus hijos en redes sociales al entender que, ya que tienen la patria potestad de los mismos, “resulta un verdadero contrasentido” considerar que esta práctica vulnera el derecho a la intimidad de los menores.

Dicha resolución considera que “los padres en ejercicio de la patria potestad, constitucional y legalmente se encuentran autorizados para asistir, orientar y controlar las comunicaciones de sus hijos menores de edad”.

A juicio de la Corte Suprema, “resulta un verdadero contrasentido afirmar que las actividades de seguimiento, orientación, protección, que implementa una madre o un padre respecto de sus hijos menores en la intimidad de sus hogares puedan resultar ilegales”.

La Defensoría del Pueblo también se mostró a favor de que los padres tengan acceso a las redes sociales de sus hijos.

En un comunicado, la oficina del ombudsman señaló que no se puede impedir a los padres el ejercicio de la patria potestad cuando se trata de proteger la vida e integridad de niños, niñas y adolescentes, aunque admitió que “están en la obligación de respetar la individualidad de sus hijos y su autoridad no puede convertirse en licencia para violar los derechos fundamentales de los mismos”.

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