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Una iniciativa para salvar vidas

Es por la convicción de salvar vidas entonces que no nos debería sorprender que aún en ese contexto tan limitado, la legislación de Nicaragua estableciera una excepción para “salvar la vida de las mujeres en caso de embarazos riesgosos” y así quedó establecido en el artículo 165 del Código Penal de 1893.

En 1893, las técnicas y tecnologías que los médicos parteros tenían, en el mundo, para salvar la vida de una mujer embarazada o parturienta eran inexistentes o completamente primitivas e ineficaces. Esto es de sumo interés si se toma en cuenta que históricamente las principales causas de mortalidad materna han sido: 1) las infecciones; 2) la hipertensión arterial del embarazo; 3) las hemorragias; y 4) las complicaciones derivadas de los partos con fetos grandes y madres muy estrechas o pequeñas, conocidas como situaciones de desproporción céfalo-pélvica.

El arsenal con el que contaba el personal médico del mundo para lidiar con esas complicaciones en el año 1893 estaba limitado a algunos remedios tradicionales, a algunas maniobras de eficacia variable y a la convicción médica de salvar vidas. La práctica médica de esa época se caracterizaba por lo siguiente: No habían antibióticos. Se usaron a partir de 1930, no era posible detectar mujeres con presión alta (tampoco tratarla). El tensiómetro fue inventado hasta 1896, no existía la práctica de la transfusión de sangre. Las primeras transfusiones por tipo de sangre la realizaron médicos americanos y británicos en 1907. Como alternativas a la transfusión, la solución intravenosa de Ringer se inventó en 1883 y la solución de Hartman en 1930 y las cesáreas eran practicadas raramente por su elevada mortalidad. Las primeras cirugías con instrumentos esterilizados ocurrieron hasta 1914.

Es por la convicción de salvar vidas entonces que no nos debería sorprender que aún en ese contexto tan limitado, la legislación de Nicaragua estableciera una excepción para “salvar la vida de las mujeres en caso de embarazos riesgosos” y así quedó establecido en el artículo 165 del Código Penal de 1893.

Hoy en día se cuenta con mejores antibióticos, quirófanos y cirujanos obstetras más especializados, mejores medicamentos para la presión y otros tratamientos. La mortalidad por cesárea en algunos países es cercana a “cero”. Sin embargo, todavía existen complicaciones del embarazo que son incompatibles con la continuación del mismo. El embarazo ectópico, al igual que los embarazos que degeneran en tumor y cáncer son solo algunos ejemplos.

El embarazo ectópico ocurre cuando el huevo fecundado se implanta y desarrolla fuera del útero, frecuentemente en las Trompas de Falopio, el embarazo crece hasta que las Trompas se rompen y la mujer muere por hemorragia si no es atendida en minutos. La identificación de un embarazo ectópico requiere la interrupción inmediata de ese embarazo, frecuentemente a través de la extracción del embrión vivo a través de una cirugía. También existe el tratamiento con medicamentos, de tal forma que en ocasiones no es necesaria la cirugía.

Lo mismo ocurre con el desarrollo de complicaciones de tipo tumoroso a partir del mismo embarazo que puede degenerar en cáncer altamente metastizante, el tumor es llamado mola hidatiforme y el cáncer coriocarcinoma. Por otro lado, también es conocido que en un pequeño porcentaje de embarazos pueden presentarse malformaciones del feto severas, como la anencefalia (que es la ausencia del cerebro). La identificación de esta condición obliga al médico a informar a la mujer y es ella la que deberá tomar la decisión de si quiere continuar con un embarazo del cual parirá un bebé que morirá al instante de nacido porque sin cerebro no puede vivir.

La derogación del aborto terapéutico que ocurrió el 26 de octubre de 2006 en Nicaragua originó un dilema entre la ética médica y la convicción médica de hacer lo posible para salvar la vida de la mujer con respecto a complicaciones graves del embarazo, como las mencionadas, que requieren de su interrupción. Las consecuencias de ese dilema se reflejan en el conocido problema del subregistro o mal registro de estos casos que ocurren cuando los médicos por temor a hablar de interrupción del embarazo reportan los tratamientos realizados con otro nombre. Este comportamiento médico alrededor del subregistro y mal-registro ha sido documentado por estudios en países como México, donde hay algunos estados con leyes muy restrictivas del aborto.

Precisamente, la nueva Iniciativa para Salvar Vidas propone el establecimiento de comités médicos para que todos los casos sean manejados de manera ética, transparente y diligentemente y puedan ser registrados como lo que son. En conclusión, la nueva iniciativa simplemente viene a dar un marco jurídico y ético en un contexto actualizado que permitirá a los médicos salvar vidas con la misma convicción de siempre.

El autor es Médico salubrista

Columna del día iniciativa salvar vidas archivo

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COMENTARIOS

  1. Matilde Jirón Gutiérrez
    Hace 9 años

    Quiero felicitarlo por la forma que escribio este articulo, ya que de manera cientifica esta contribuyendo a informar y educar a la población en este tema que nos ocupa, tambien es una manera de expresión de la participación ciudadana que esta iniciativa de ley esta impulsando que Médicos y Médicas sigan aportando al debate, expongan sus opiniones y nos sigan apoyando.

  2. Ignacio
    Hace 9 años

    Es evidente que es necesario, pero Dr. una observación, propónganlo con otro nombre, porque lo que Ud habla de embarazos ectópicos y tumores encajan más como intervenciones necesarias.

  3. María Ester Quintana
    Hace 9 años

    Excelente argumentación científica aclaratoria del doctor Henry Espinoza. Muchas gracias por contribuir a la clarificación sobre nuestra iniciativa de Ley.

  4. Hace 9 años

    No se puede elegir salvar una vida acabando con otra, es contradictorio y ello es asesinato. Se elige sostener la vida y aplicar el procedimiento necesario, hasta el punto en que, en el modo en que la naturaleza sabe hacerlo, sea tomada la vida del que corresponda. En un embarazo ectópico, el médico no elige quien vive o muere, aplica el procedimiento oportuno para sostener la vida, y si, como efecto no deseado el nuevo ser muere, no ha sido porque habia que matarlo

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