El presidente inconstitucional Daniel Ortega envió a la Asamblea Nacional una reforma parcial a la Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la administración de los bienes incautados, decomisados y abandonados (Ley 735), con la que busca más poder.
Para el exdiputado liberal José Pallais Arana, “la iniciativa de reforma va en la línea de aumentar la discrecionalidad del presidente de la República y centralizar el ejercicio del poder en la persona del presidente”.
La iniciativa crea el Consejo Nacional contra el Crimen Organizado “que será el órgano rector del Estado para la elaboración, impulso y evaluación de políticas nacionales, planes y acciones preventivas”.
Pero los integrantes del Consejo Nacional no están especificados en la propuesta de reforma sino que queda pendiente a la decisión del presidente de la República, quien será el que haga los nombramientos en el Reglamento de la Ley.
A juicio de Pallais, “la integración del consejo ya no estará determinada por la ley sino por el reglamento que emitirá el presidente de la República, quien desde luego podrá variar la integración a su antojo por vía reglamentaria”.
Pallais dijo que Ortega pretende desaparecer el control que se le atribuía al parlamento, suprimiendo el informe anual obligatorio de la gestión del Consejo Nacional, así como que suprimen la posibilidad de que la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional pida información de forma extraordinaria cuando lo requiera.
MÁS DISCRECIONALIDAD
También considera que se suprimen los consejos departamentales y de las Regiones del Caribe, que pretendían ser importantes espacios de participación social y de control democrático de los ciudadanos.
“En resumen, es más centralismo, más discrecionalidad, menos control y ausencia de participación ciudadana”, analizó Pallais.
La propuesta detalla que “el Consejo Nacional gozará de autonomía funcional, financiera y administrativa. Sesionará en forma ordinaria y obligatoria cuatro veces al año y de forma extraordinaria cuando lo soliciten sus miembros”.
La solicitud de reuniones extraordinarias deberá hacerse con 72 horas de anticipación como mínimo, a través de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional.
La propuesta de reforma también establece la colaboración de los medios de comunicación social en la divulgación de los diferentes programas para la prevención, rehabilitación y educación en contra de la comisión de los delitos referidos en la presente ley.