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Delegación departamental del Ministerio de La Familia de Carazo. LA PRENSA/M. García/ARCHIVO

Mifamilia pasó sobre Código de la Familia en adopción de niña esteliana

La inversión en el proceso versa en que para que un niño, niña o adolescente pueda ser adoptado primero debe ser declarado en total abandono, pero en este caso el proceso de adopción se dio el 14 de diciembre del 2015.

Bajo un proceso irregular y en total contradicción con lo que ordena el Código de la Familia de Nicaragua el Ministerio de la Familia entregó en adopción a una niña esteliana, de 16 meses, conocida como Freydell Monserrat Castillo Cruz, a una pareja española.

La inversión en el proceso versa en que para que un niño, niña o adolescente pueda ser adoptado primero debe ser declarado en total abandono, pero en este caso el proceso de adopción se dio el 14 de diciembre del 2015.

Fue hasta esta semana, es decir, tres meses después, que el juez de Familia de Jinotepe, Carlos Espinoza, la declaró en “total desamparo”.

Según el artículo 241 del Código de Familia, literal a) pueden ser adoptados los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en total desamparo. Este estado debe ser declarado judicialmente en un período máximo de tres meses con previa investigación de la autoridad competente.

Es decir, la niña de 16 meses, hija de Elva María Cruz Gómez, en diciembre del año pasado aún no podía ser adoptada porque ningún juez la había declarado en total abandono, lo que crea nulidades en el proceso, según la Ley.

NO ES COSA JUZGADA

En cuanto al tercer punto de la sentencia, que declara la pérdida total de las relaciones parentales o relaciones madre, padre e hijo; el artículo 298 del mismo cuerpo de Ley, dice que no causan estado, es decir, no es cosa juzgada, sino que el padre o madre la pueden recuperar al cambiar las circunstancias que la motivaron.

En este caso el juez argumentó el abandono de parte de los padres de la niña porque supuestamente la dejaron al cuido de una tercera persona, Dominga Rodríguez Acuña, quien no era pariente de la menor, y que la encontraron en mal estado de salud, como desnutrición leve, parasitosis intestinal y vacunas indocumentadas.

Estas afirmaciones del judicial se basaron en las declaraciones de Mabel Sandoval, pediatra del Centro de Protección Rolando Carazo y exámenes clínicos realizados a la infante. Aquí llama la atención a la familia despojada, el hecho de que Dominga Rodríguez, quien tenía en cuido a la niña, no llegó a testificar al juicio, porque desapareció de la comunidad Colocondo, de donde es originaria la mamá de la menor en disputa.

SILENCIO DE AUTORIDADES

Ningún funcionario del gobierno del presidente inconstitucional Daniel Ortega ha querido pronunciarse sobre el procedimiento de adopción irregular de la niña esteliana, pues Mifamilia invirtió el proceso debido.

LA PRENSA solicitó información a través Relaciones Públicas de Mifamilia y no han dado respuesta a la solicitud. También se le solicitó al vocero de la Corte Suprema de Justicia una entrevista con el juez que falló la sentencia en contra de los padres de la niña, pero no hubo respuesta a la solicitud.

Mientras tanto el magistrado Francisco Rosales, presidente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, se limitó a decir que no podía decir nada al respecto, porque no tenía el expediente.

“Lo que se hace en esos casos es efectivamente ver, analizar el expediente, qué fue lo que pasó, yo no tengo expediente en mano, no te podría decir lo que pasó, pero sé que había una revisión en esos casos. Ahorita eso está en manos del juez, él tiene que resolver, tomar cartas en el asunto”, dijo Rosales.

Se está a la espera de la posibilidad de una revisión de oficio por parte de la Corte Suprema de Justicia a las actuaciones judiciales en el caso irregular.

Lea también: El gobierno debe explicar el caso de la niña Freydell

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