Como un hecho sin precedente en al menos los últimos 15 años de historia judicial de Nicaragua, el juez Octavio Rothschuh, titular del Juzgado Séptimo Distrito Penal de Juicio de Managua, ordenó el jueves 14 de abril juzgar en ausencia a Roberto Bendaña, acusado de estafa agravada, ofrecimiento fraudulento y crimen organizado, junto con Álvaro Montealegre y Hugo Paguaga.
Bendaña se encuentra en estado de rebeldía desde diciembre del 2013, cuando se fugó del país, mientras se encontraba en arresto domiciliar.
Esta actuación judicial es calificada por Nelson Cortés, abogado de Bendaña, como “una soberana ilegalidad, que causa nulidad al proceso”.
Cortés recordó que en Nicaragua desde la reforma procesal del año 2001 no se puede juzgar a una persona en ausencia, porque la Ley lo prohíbe expresamente en el artículo 99 del Código Procesal Penal, que dice: “La declaración de rebeldía no suspenderá el proceso, pero impedirá la celebración del juicio no iniciado. Si la rebeldía se produce una vez iniciado el juicio, este continuará hasta su fenecimiento y el acusado será representado por su defensor”.
Este mismo artículo fue utilizado por el juez, quien dijo existe contradicción interna en la normativa y ante esto argumentó el principio de proporcionalidad y otros y “ponderó” entre los derechos de los procesados y las víctimas, argumentando que no había violación de garantías y derechos constitucionales del procesado, pues este eligió no estar presente en el juicio, porque él sabía que había sido remitido a juicio.
US$5.5 millones de dólares es la suma, aproximadamente, estafada presuntamente por Álvaro Montealegre, Hugo Paguaga y Roberto Bendaña.