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JUEZ

La defensora de personas con VIH-sida, Arely Cano. LA PRENSA/ ARCHIVO

Clausuran juicio contra defensora de personas con VIH

juez Quinto Local Penal, Walter William Vargas, aceptó la solicitud de la defensa de Arely Cano, defensora de personas con VIH, de clausurar de forma anticipada el juicio en su contra promovido por cinco policías por supuesta obstrucción de funciones y maltrato, por falta de pruebas.

Por falta de pruebas el juez Quinto Local Penal, Walter William Vargas, clausuró de forma anticipada el juicio en contra de la defensora de personas con VIH, Arely Cano, a solicitud de la defensa de la acusada.

Un vídeo que la defensora Rosario Flores, ofreció en el intercambio de pruebas para demostrar el abuso policial del que fue víctima Cano, aparentemente fue lo que incidió para que los policías que acusaban que era la prueba ofrecida por la Fiscalía, no llegaran por segunda ocasión al juicio. Flores dijo que hasta ahora el vídeo no ha sido mostrado públicamente pero detalló que en el mismo se observa a Cano en en el suelo con cinco policías encima de ella.

Con esto quedó demostrado, dijo Flores “que al fin y al cabo Arely es víctima del sistema, del abuso policial y no como ellos pretendieron criminalizarla por obstrucción de funciones (…) yo sentí que en el proceso ellos (acusadores) se debilitan cuando presento en intercambio de información de pruebas y digo que tengo un vídeo (…) digo que lo voy a presentar en el momento que me toque evacuar la prueba”.

El juicio contra Cano fue promovido por cinco policías que el 20 de mayo permanecían en un retén policial de tránsito, cuando Cano que se movilizaba en uno de los vehículos retenidos como pasajera, demandó que les multaran o devolvieran los documentos, pues había pasado mucho tiempo sin que les permitieran continuar la marcha. Y reaccionó ante la decisión de los policías de trasladar el vehículo al Depósito Municipal por considerarlo arbitrario.

Esto dio inicio a un altercado violento en la que Cano fue obligada de forma violenta a subir a una patrulla policial, días después los policías la acusaron de supuesta obstrucción de funciones y maltrato. Como reacción a una denuncia pública que Cano hizo a través de LA PRENSA de que había sido víctima de abuso por los miembros de un retén policial en Metrocentro.

En la relación de hechos que hizo la Fiscalía estableció que Cano agredió a los policías cuando oficiales de la Policía de Tránsito se encontraban realizando pruebas de alcoholímetro, como parte de un plan de carretera.

ESPERAN CIERRE DEFINITIVO

Wendy Flores, abogada del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos ( Cenidh), espera que el judicial dé por cerrado definitivamente el proceso judicial contra la defensora de personas con VIH, al otorgar la clausura anticipada del mismo. La abogada Rosario Flores, anunció que espera a más tardar en una semana que el juez emita la sentencia, porque considera que la Fiscalía no apelará pues no presentó la prueba ofrecida. Desde el mismo jueves 9 de junio el juez Quinto Local Penal suspendió las medidas cautelares que había dictado contra Cano.

PRETENDÍAN ESTABLECER PRECEDENTE

La dirigente del Movimiento Autónomo de Mujeres ( MAM), Juanita Jiménez, quien estuvo en la audiencia, señaló que la Policía pretendía “sentar un precedente legal y amedrentar a la población, sin embargo, su valentía al denunciar públicamente logró enfrentar la injusticia y evidenciar el atropello”, dijo Jiménez.

La dirigente del MAM destacó la importancia de la oportuna denuncia pública a través de medios de comunicación, como en este caso lo hizo LA PRENSA y que además contó con el acompañamiento y apoyo de organizaciones nacionales e internacionales.

“La Policía Nacional en su descomposición comete atropellos contra ciudadanos que se atreven a reclamar ante las violaciones de derechos”, dijo Jiménez.

5 policías habían acusado a Arely Cano, por el delito de obstrucción de funciones, que según Juanita Jiménez, dirigente del Movimiento Autónomo de Mujeres, es un delito contra el orden publico. Sin embargo, no llegaron al juicio.

La abogada Flores indicó que la Fiscalía pretendía que el juez interrumpiera el juicio, que era como continuar de nuevo,pero Flores pidió que de conformidad al artículo 305, numeral 3, del del Código Procesal Penal no aceptara la petición porque era la segunda vez que no llevaba sus testigos, lo que concedió el judicial.

La defensa argumenta que cabía la clausura anticipada porque la Fiscalía no logró desvirtuar el principio de inocencia de Cano.

 

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