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Gisella Canales Ewest

¿Sin dinero para comprar o reparar su casa? Lea sobre cómo conseguirlo

Si trabaja de manera formal y lleva como mínimo siete años consecutivos de laborar donde esté, puede pedir de forma anticipada el pago de adelanto parcial o total de su indemnización laboral para comprar o reparar su casa.

Se calcula que en Nicaragua el déficit habitacional exige unas 350 mil viviendas nuevas y la reparación de otras 600 mil. Usted podría estar entre esas cifras a falta de dinero para comprar o reparar su casa, pero es muy probable que sí tenga ese dinero, solamente que no lo sabía.

¿De qué estoy hablando? Si usted trabaja de manera formal y lleva como mínimo siete años consecutivos de laborar donde esté, puede pedir de forma anticipada el pago de adelanto parcial o total de su indemnización laboral  para comprar o reparar su casa. Este beneficio existe desde 2009, año en que entró en vigencia la Ley 677, Ley Especial para el Fomento de la Construcción de Vivienda y de Acceso a la Vivienda de Interés Social.

Tanto trabajadores del Estado como del sector privado aplican para este beneficio y pueden hacer uso de este para comprar el lote donde construirá su vivienda, pagar la prima, ampliar la que ya tenga o bien para liberar alguna propiedad que pueda convertirse en su casa, pero que esté hipotecada.
¿Cómo hacer efectivo este beneficio? Los requisitos variarán según el fin para el que lo solicite, pero debe tener clara una cosa: el dinero no llegará a sus manos, su empleador lo entregará a la urbanización donde compre, la empresa lotificadora o el contratista que vaya a hacer la construcción o ampliación, según sea el caso. Este es el paso a paso a seguir para obtener este beneficio de ley:
Caso 1. Para la prima de una vivienda nueva
  • Lo primero que debe hacer es reservar su vivienda e iniciar el trámite de financiamiento bancario. Luego de esto el urbanizador debe proporcionarle una copia del borrador de contrato de compra-venta que vaya a utilizar la institución financiera. Dicho borrador debe incluir explícitamente el compromiso de utilizar el dinero recibido en concepto de adelanto de antigüedad para adquirir esa vivienda, la cual debe estar claramente identificada en ese documento (objeto, valor, plazo y forma de pago). Este borrador debe ir acompañado por una carta de remisión, que no es más que la certificación del envío.
  • El urbanizador además debe proveer el certificado original y copia de libertad de gravamen del lote o vivienda (que hace constar que la propiedad a comprar no está hipotecada) y solvencia municipal vigente.  Si cree que estos documentos son difíciles de conseguir, descuide: al urbanizador le interesa vender, se los proporcionará.
  • Por parte del banco solo necesita la copia certificada de la aprobación de crédito.
  • Por parte de la empresa donde labora necesita la constancia de Recursos Humanos,  donde se refleje el tiempo que lleva laborando ahí, así como su último salario devengado y el monto disponible en concepto de antigüedad acumulada.
  • Usted debe proporcionar fotocopia ampliada de su cédula de  identidad y de su núcleo familiar (si aplicara) y en casos de haber menores de edad, las partidas de nacimiento. También debe entregar la negativa de bienes con fecha de expedición no mayor a tres meses (este documento certifica que usted no tenga más propiedades); en caso de estar casado o en unión de hecho estable debe adjuntar el certificado de matrimonio o declaración notarial de su acompañante, según el caso. Todos estos documentos debe llevarlos al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural (Invur) donde llenará un formato de solicitud de pago de antigüedad.
Caso 2. Para construir, mejorar o reparar su vivienda.
  • En este caso debe tener un borrador de contrato de obra o construcción avalado por un contratista, donde se establezca que el pago adelantado de la antigüedad se usará para esa obra. El contratista tendrá que proporcionarle fotocopia de la licencia de operaciones del ingeniero civil, arquitecto o maestro de obra que llevará a cabo la obra. También requerirá copia de los planos aprobados por las instancias correspondientes, así como el presupuesto para las obras.
  • Su empleador deberá proporcionarle una constancia de Recursos Humanos  como la descrita en el Caso 1.
  • Usted deberá conseguir los mismos documentos que se piden para los trabajadores del Caso 1, a excepción de la negativa de bienes. En lugar de esta necesitará copia de la escritura de la propiedad donde construirá, mejorará o reparará la vivienda, la cual debe estar a su nombre.
Caso 3. Para liberación de gravamen.
  • En estos casos por parte de la institución financiera que tenga en prenda su propiedad, persona natural o sucesores, necesitará el certificado sobre monto y vigencia del crédito.
  • Necesitará la misma constancia de Recursos Humanos que se piden para los casos 1 y 2.
  • Usted solo deberá proporcionar fotocopia de cédula con las mismas especificaciones de los casos anteriores, el certificado registral donde se refleje la hipoteca a nombre del acreedor y la obligación de pago no menor a 12 meses. En este caso puede estar a su nombre o a nombre de su cónyuge. A esto debe adicionar el formato de solicitud de pago  de antigüedad que proporciona el Invur.
En cualquiera de los tres casos, una vez reunidos todos los documentos el trámite dura entre 8 y 15 días y es gratuito.
Como verá, si lleva más de siete años laborando en la misma empresa, sí tiene los fondos para comprar, construir, mejorar o reparar su vivienda, es cuestión que haga uso de sus derechos.

 

(*) Editora de Activos
www.delepesoasuspesos.com
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COMENTARIOS

  1. Jessica Bermudez
    Hace 7 años

    Soy trabajadora del Estado, a mi me pagan antigüedad en mi trabajo… esto no aplica para mi?

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