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¿Es tu primera vez?

Los jóvenes representan el 42 por ciento de la población con derecho a votar, así que si vos sos uno de ellos, tu participación influye a la hora de elegir quiénes van a dirigir el país y lo más importante es que lo hagas informado

Los jóvenes representan el 42 por ciento de la población con derecho a votar, así que si vos sos uno de ellos, tu participación influye a la hora de elegir quiénes van a dirigir el país y lo más importante es que lo hagas informado.

Por ahora, te contamos cómo es el proceso de votación, por si es tu primera vez.

El encargado de los procesos de votación que se realizan en el país es el Poder Electoral y está integrado por el Consejo Supremo Electoral, los Consejos Electorales de los Departamentos y de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, los Consejos Electorales Municipales y las Juntas Receptoras de Votos.

A través de los procesos electorales se puede elegir no solo al presidente y vicepresidente de la república, sino también a los diputados ante la Asamblea Nacional, diputados ante el Parlamento Centroamericano, miembros de los Consejos de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, alcaldes y vice alcaldes municipales y los miembros de los consejos municipales.

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El proceso electoral que se acerca es para elegir Presidente, Vicepresidente y diputados ante la Asamblea Nacional y ante el Parlamento Centroamericano.

La Ley 331, Ley Electoral, señala que los Consejos Electorales tanto departamentales como municipales están integrados por un presidente y dos miembros, cada uno con sus suplentes. Los integrantes de los Consejos Electorales departamentales son nombrados por el Consejo Supremo Electoral; los integrantes de los Consejos Electorales Municipales son nombrado por los Consejos Electorales Departamentales y los miembros de las Juntas Receptoras de votos son nombrados por el Consejo Electoral de cada municipio.

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¿Sabés qué es una Junta Receptora de Votos y su función?

Los Centros de Votación estarán instalados en sitios públicos como centros escolares, casas comunales y edificios públicos. Las Juntas Receptoras de Votos son la vía por donde ejercerán el derecho al voto un máximo de 400 ciudadanos. En cada Junta Receptora de Votos habrá al menos dos centros de votación. La Junta Receptora de Votos cuenta con un presidente y dos miembros. Los partidos políticos tienen derecho a nombrar un fiscal y un suplemente de este ante el Consejo Supremo electoral, quienes fiscalizarán que todo se haga según la Ley.

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