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LEl juez Julio César Arias les impuso las medidas cautelares alternas a la prisión preventiva, a los acusados José Vargas, Jorge Chavarría Rojas y Richard Mckearin Elizondo. A PRENSA/ A. FLORES

Tres fotos con contenido íntimo los llevó a juicio

Jorge Luis Chavarría Rojas, de 43 años, se presentó a los Juzgados con la firme convicción de que iba a salir libre y antes que iniciara la audiencia en su contra, se puso a orar.

Jorge Luis Chavarría Rojas, de 43 años,  se presentó a los Juzgados con la firme convicción de que iba a salir libre y antes que iniciara la audiencia en su contra, se puso a orar.

Chavarría Rojas, al final de la audiencia, fue embargado por la emoción y alegría y no se hicieron esperar los saludos y abrazos con el joven José Francisco Vargas Espinoza, de 21 años, cuando escucharon del juez Quinto Distrito Penal de Audiencia, Julio César Arias, que enfrentarán el juicio en libertad.

La alegría también embargó al acusado Richard James Mckearin Elizondo, de 38 años, y al igual que los otros dos acusados, festejó su libertad.

Origen

La situación legal que enfrentan los tres procesados se originó por unas fotos de contenido íntimo (donde aparecen Chavarría Rojas y Vargas), y que fueron publicadas por una joven en una red social, según la Fiscalía.

Chavarría Rojas y el joven José Vargas Espinoza —según la Fiscalía— sostenían una relación sentimental, y al mismo tiempo el muchacho (Vargas Espinoza) tenía una relación de noviazgo con la joven Dyen de los Ángeles Pineda Nahúm, de 26 años; y Chavarría le mandó tres fotos con contenido íntimo a Pineda.

Supuestamente, Chavarría Rojas se reunió con Vargas y el acusado Mckearin Elizondo, para planificar y privar de la vida a Mery Liuddnitt Membreño Martínez —amiga de Pineda— debido a que esta muchacha publicó las fotos en la red social.

Niega hechos

Este miércoles 15 de febrero, antes que comenzara la audiencia inicial contra los tres procesados, el acusado Chavarría Rojas dijo ante los medios de comunicación que jamás le ha hecho daño a la víctima Membreño y que no sabe quién es esa joven y que desconoce el motivo por el cual ella lo está acusando, porque él no la ha mandado a matar.

“En mi vida yo no he matado ni a un perro en la calle… Yo en mi vida nunca le he hecho daño a nadie”, expresó Chavarría Rojas.

El abogado defensor de Chavarría Rojas pidió al juez Arias que no mandara el caso a juicio porque la Fiscalía acusó a su cliente de autor mediato de homicidio en grado de tentativa, pero al procesado Chavarría Rojas, ni siquiera lo ubican en la casa de la supuesta víctima Membreño el 29 de enero de 2017, a las 9:20 de la mañana, hora y fecha que ocurrió la balacera en Villa Flor, Managua.

La defensa dijo que el autor mediato de un hecho, es una persona que ejecuta una acción en contra de otra, pero en el caso de la Fiscalía, no ubica a Chavarría Rojas en la casa de la supuesta afectada.

Por su parte, la defensa del joven Vargas, también pidió el rechazo de las pruebas de la Fiscalía y solicitó al juez que no enviara el caso a juicio, porque no existe ningún testigo que señale al muchacho como la persona que conducía la camioneta que llegó hasta la casa de la víctima.

No lo vieron manejar

Incluso, ni la joven Membreño vio conducir la camioneta a Vargas. Supuestamente desde este vehículo fue que el acusado Richard James Mckearin Elizondo disparó hacia la casa donde estaba la joven Membreño.

Pero el abogado del procesado Elizondo expresó ante el juez, que a este no se le ha hecho la prueba de parafina (para ver si había residuos de pólvora en los dedos de la mano), ni se ha determinado que de las armas que le ocuparon a este, hayan salido los disparos.

El juez Arias les dijo a los abogados defensores, que los alegatos los deberán hacer en el juicio que fue programado para el próximo 26 de abril a las 8:30 de la mañana.

Las medidas cautelares

El juez Julio César Arias les impuso las medidas cautelares alternas a la prisión preventiva, a los acusados José Vargas, Jorge Chavarría Rojas y Richard Mckearin Elizondo, con el argumento de que en el caso del delito de homicidio en grado de tentativa, este ilícito no estaba contemplado en el artículo 44 de la Ley 745, que exige la prisión preventiva.

Los tres procesados deberán estar bajo la custodia de un familiar, no pueden comunicarse con la víctima, ni testigos y tienen que firmar el último viernes de cada mes en la Oficina de Presentación de Procesados (OPP), de los Juzgados de Managua.

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