14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.
Ley del Registro Público, Corte Suprema de Justicia, Alba Luz Ramos, Nicaragua, propieddes, lavado de dinero, GAFI

La presidenta de la CSE, la magistrada orteguista Alba Luz Ramos pidió reformar la Ley del Registro Público LA PRENSA/ JADER FLORES

Magistrados entran en contradicción sobre quema de droga

“Bueno debe hacerse a como dice la ley , no le puedo decir nada más”, dice Alba Luz Ramos. “Si la Policía lo captura, la Policía lo quema”, Señala Gerardo Rodríguez, quien no le ve mayor problema a esa situación.

La magistrada Alba Luz Ramos, presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dijo que la quema de la droga en casos de narcotráfico debe hacerse a como manda la ley, es decir en presencia del juez que lleva la causa y las partes procesales, contrario a lo dicho por el magistrado Gerardo Rodríguez hace unas semanas, quien dijo que los jueces no deberían estar presentes en la quema de la droga.

“Bueno debe hacerse a como dice la ley, no le puedo decir nada más”, dijo Ramos.

El presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), Gerardo Rodríguez planteó hace unas semanas que en los procesos donde hay ocupaciones de droga, los jueces no deben estar presentes en la quema o destrucción de la misma. Esto porque hoy por hoy en estos casos no solo acude el juez, sino también el secretario.

El funcionario judicial explicó que esto ha sido una tradición en base a la legislación anterior. Pero dijo, “leyendo el CPP (Código Procesal Penal), el juez debe ordenar a la Policía y no estar presente”.

Rodríguez recordó que “eso significaba dedicar tiempo. Y ese tiempo puede dedicar a proveer sentencias” .
“Si la Policía lo captura, la Policía lo quema”, afirmó Rodríguez, quien no le ve mayor problema a esa situación.

En julio del 2016, mediante circular de la Corte Suprema de Justicia, los magistrados de la Sala Penal del supremo tribunal orientaron a magistrados y jueces penales a quemar la droga inmediatamente después de la audiencia preliminar en casos de droga y esto debía hacerse en presencia del juez y de las demás partes procesales.

Circular de CSJ

“A fin de armonizar las diversas interpretaciones en lo que respecta a la aplicación del artículo 30 de la Ley No. 735 “Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado… , con respecto a la destrucción de los estupefacientes… relacionadas con la actividad del narcotráfico que han sido incautadas, retenidas o abandonadas, debe entenderse, que el Juez de audiencia competente una vez realizada la correspondiente audiencia preliminar ordenará “de forma inmediata” la destrucción o incineración de aquella, que deberá realizarse en presencia del juez, la Policía Nacional y con conocimiento de las partes…”, dice la circular.

Este mismo procedimiento debe aplicarse en aquellos casos en que exista materia incautada, retenida o abandonada en poder de la Policía Nacional y que no ha sido posible vincular o atribuir a algún acusado en la comisión del delito.

Nacionales incendio juzgados Nicaragua quema de droga archivo

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí