“No hay seguridad jurídica en Nicaragua, es una barbaridad. Cómo es posible que alguien agarre parte de tu propiedad, se la venda o regale a otra persona, hasta con un documento falso o escritura nula, y cuando recurrís al Juzgado, un juez te diga que no podés pedir la nulidad de ese documento porque no sos, ni el vendedor ni el comprador, aun siendo uno el dueño legítimo de la propiedad”. Así se expresó Walter Bühler, gerente general del proyecto ecológico hotelero Punta Teonoste, en Tola, Rivas.
Bühler reaccionó luego que la juez de Distrito Civil de Rivas, Ana Zambrana, resolvió este miércoles no dar curso a la demanda de nulidad y reivindicatoria hecha por Investissements Suisses de Tourisme Sociedad Anónima, propietaria de Punta Teonoste, por considerar que la parte demandante carece de legitimación procesal para solicitar la nulidad de la escritura 408, en la que la Procuraduría General de la República (PGR), en nombre del Estado de Nicaragua, le dona 20 manzanas de terreno costero en Tola al excomandante guerrillero Edén Pastora Gómez.
Conflicto desde 2012
Desde febrero de 2012, cuando Pastora Gómez envió a sus trabajadores a medir y ocupar la propiedad que le había sido entregada por el Estado, Investissements Suisses de Tourisme Sociedad Anónima, propietarios del proyecto ecológico hotelero Punta Teonoste, reclamaron que la propiedad que había sido entregada a Pastora les pertenecía, y no eran tierras del Estado, por eso pidieron la acción reivindicatoria y el pago por daños y perjuicios por un monto de 281 millones 315,900 córdobas, equivalentes a 9.5 millones de dólares (al tipo de cambio del día que se introdujo la demanda).
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Tras conocer que la escritura pública 408, elaborada por la abogada de la PGR, Ingrid Ivette López García, el 1 de septiembre 2011, no había sido registrada en su protocolo, Investissements Suisses de Tourisme Sociedad Anónima decidió introducir la demanda de nulidad contra ese instrumento público, explicó Bühler, pero tras la rápida decisión de la juez Zambrana de no dar curso a la demanda, solo les queda la opción de apelar, explicó.
Argumentos de la juez
En cuanto a la acción reivindicatoria (el reclamo de las 20 manzanas) y el pago por daños y perjuicios solicitados por Investissements Suisses de Tourisme Sociedad Anónima, la judicial detalló en la notificación hecha a las partes, que no se especificó la medida de área y linderos, y en cuanto al monto reclamado por daños y perjuicios, la juez Zambrana indicó que no se especificaron los daños y los perjuicios.
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Bühler planteó que los argumentos expuestos por la juez para no admitir sus demandas contra Pastora, el procurador Hernán Estrada y la abogada García López, “son las pruebas que nosotros tenemos que aportar en la fase probatoria del juicio, que es el momento del proceso donde se deben de valorar las pruebas, y en este caso ni siquiera se llamó a mediación y la demanda no fue admitida”.
Bühler consideró que se debe garantizar el derecho a la propiedad de los ciudadanos que han comprado o adquirido legalmente propiedades en Nicaragua, que haya seguridad jurídica, para que aflore la inversión nacional y extranjera, comentó.