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Martha Gutiérrez, viuda de Santiago Rodríguez. LA PRENSA/ARCHIVO/O. NAVARRETE

Sistema de justicia penal cercena derechos a viuda

Una vez más le fue denegado el acceso a la justicia a Martha Gutiérrez, esposa de quien en vida fuera Santiago Rodríguez, quien pereció durante una triple colisión, el pasado 30 de abril, ocurrida en el kilómetro 14 de la carretera a Masaya.

Una vez más le fue denegado el acceso a la justicia a Martha Gutiérrez, esposa de quien en vida fuera Santiago Rodríguez, quien pereció durante una triple colisión, el pasado 30 de abril, ocurrida en el kilómetro 14 de la carretera a Masaya.

Esta vez fue la juez María Iveth Pineda, titular del Juzgado Sexto Local Penal de Managua, quien ordenó mediante auto, decretar la “extinción de la acción penal” a favor de Osman Ordóñez Valle, presunto responsable de causar el accidente. Ordóñez rechaza ser el responsable del accidente.

La judicial mandó a archivar las diligencias sin ser escuchada la viuda en audiencia oral.

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“No me han llamado ni me han notificado de ninguna resolución judicial”, expresó sorprendida y decepcionada Martha Gutiérrez, quien representa a la víctima y lleva más de un mes en la lucha para que la muerte de su marido no quede en la impunidad.

Gutiérrez se ha quejado que ni la Policía ni la Fiscalía ni el poder judicial han garantizado sus derechos como víctima. Es más, considera que se unen para procurar la impunidad.

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El 2 de junio la fiscal auxiliar Patricia Díaz Romero, introdujo un escrito solicitando “el control de legalidad” de la resolución fiscal donde deciden “prescindir de ejercer la acción penal” argumentando que el señalado Osman Ordoñez Valle había sufrido “pena natural” por las lesiones sufridas junto a su hija de seis meses de nacida, durante el mismo accidente.

Pide que acusen “al verdadero responsable”

Sin embargo, Gutiérrez como representante de la víctima introdujo un escrito al Juzgado Sexto Local Penal de Managua el 8 de junio, donde solicita que no den lugar a la petición del Ministerio Público y que más bien les ordene mandar a ampliar las investigaciones “y se acuse al verdadero responsable”.

Osman Ordóñez, víctima sobreviviente, dijo que la responsable del accidente fue Francis Epifanía López Ubilla, quien trabaja en la empresa Tecnología y Sistemas S.A. (Tecnosa).

Movida impide a viuda ejercer acusación  particular

Róger Alvarado, exfiscal del Ministerio Público, dijo que es lamentable cómo se han violado los derechos fundamentales de la víctima y se ha violado el debido proceso, ya que esta debió ser escuchada.

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Además, explicó que la prescindencia de la acción penal de parte de la Fiscalía no es causal para extinguir la acción penal, por lo tanto consideró que la judicial actuó contra ley expresa.

También explicó que con esas acciones ilegales y arbitrarias pretenden negarle el derecho a la víctima de ejercer la acción mediante acusación particular.

Juez debió escuchar a víctima

Respecto al actuar de la juez Iveth Pineda, titular del Juzgado Sexto Local Penal de Managua, el penalista Nelson Cortez dijo que la resolución de la judicial debió dictarse mediante sentencia y no mediante auto, después de mandar a escuchar a la víctima porque es un derecho procesal y constitucional.

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“No pueden estar vulnerando el derecho de la víctima de ser escuchada y de poder ejercer la acción penal de forma particular. Sobre todo cuando fueron derechos de primer orden los perjudicados a como es el derecho a la vida y la integridad física. Aun más cuando la víctima lo está solicitando por la vía que corresponde”, dijo Cortez.

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