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minera, Nicaragua

Villanueva, Chinandega. 19/Marzo/2017. Guiriseros artesanales trabajan en la extraccion de oro en esta comunidad al norte de Chinandega. La explotacion artesanal de mineria a cielo abierto a causa de la fiebre del oro en esta region del pais esta causando severos daños al medio ambiente contaminando el manto acuifero y los pocos rios que quedan con el Mercurio y el Sianuro que usan para separar el oro. Oscar Navarete/ LA PRENSA.

Aumenta burocracia estatal con ley de empresa minera

Mediante la nueva Ley de Eniminas se contempló la creación de un nuevo Fondo de Vigilancia y Supervisión Minera, pese a que existía una figura similar en la Ley 387, Ley Especial de Exploración y Explotación de Minas.

Como parte del establecimiento de la Empresa Nicaragüense de Minas (Eniminas), también se crea el nuevo Fondo de Vigilancia y Supervisión Minera, pero a la vez se mantiene el Fondo de Desarrollo y Promoción Minera; es decir, aparece una nueva figura y todavía no se termina de fortalecer el primero, criticó la especialista en derecho ambiental, Ludy Prado.

En la Ley 387, Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas, en el artículo 76 se contempla la creación del Fondo de Desarrollo minero para financiar el presupuesto de la Administración Nacional de Recursos Geológicos (AdGeo), ejecutar actividades de fomento minero, protección del medioambiente en materia minera, entre otras funciones.

Este fue modificado mediante la formación de Eniminas y ahora se lee así: “créase el Fondo de Desarrollo y Promoción Minera para financiar y ejecutar actividades de fomento minero, incluyendo investigación de los recursos minerales, así como para el cumplimiento de todas las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Creadora de Eniminas, incluyendo servicios personales y no personales”.

La cuestión con estos dos fondos, según Prado es que ahora se dispondrán de dos figuras que no son viables ni de la perspectiva económica ni ambiental; el primero, porque de los tributos obtenidos por las concesiones mineras o sus partes ubicadas en el resto del país, se deberá entregar al Fondo nuevo un 10 porciento y un 40 porciento al Tesoro Nacional, el cual recibía el 50 por ciento, según lo establecía la Ley 387. Además se deberá entregar otro 15 porciento al Fondo reformado.

Hubiese sido mejor que se fortalecieran las funciones que se contemplaban en el Fondo de Desarrollo, ya que las acciones hacia las que estaba enfocado no se concretizaron, “uno no las logra ver, llegás a las municipalidades y ni siquiera saben qué es este Fondo de Desarrollo minero ni qué actividades se han hecho”, expresó la abogada ambiental.

Es decir que el antiguo Fondo no logró el objetivo para el que fue creado y “venís a crear dos instituciones (fondos) que al final son más recursos administrativos”, dijo Prado.

Poco peso ambiental

Otro de los aspectos que Prado extrañó con la creación de Eniminas es “una mayor carga en las instituciones que tienen algún tipo de competencia en materia ambiental”. Es decir, al crearse una nueva Ley especial y un fondo nuevo, también debería de contemplarse acciones en materia ambiental, destacó la experta.

A través del nuevo Fondo de Vigilancia y Supervisión Minera se contempla la ejecución de actividades de fiscalización y monitoreo del sector minero, incluyendo la protección del medioambiente. Este será administrado por un Comité Regulador presidido por el Ministerio de Energía y Minas (MEM), e integrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, (MARENA), según se lee en el documento de la nueva Ley de Eniminas.

Nacionales Eniminas fomento minero Nicaragua archivo

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