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Sistema constitucional
Gabriel Álvarez

¿Sistema constitucional o corporativismo?

El funcionamiento del régimen político nicaragüense está basado en un dualismo esquizoide que lo embrolla todo. Ni siquiera sus diseñadores o usufructuarios, los señores Ortega y Murillo, algunos gerentes gremiales y, muy probablemente, tres o cuatro de los empresarios más fuertes del país, parecen comprender cabalmente las funestas consecuencias del “modelo” que pregonan.

Tenemos, por un lado, un sistema democrático homologable según los estándares  del constitucionalismo contemporáneo. Por otro, un régimen corporativista antidemocrático, corrupto, irresponsable, disfuncional, ineficiente y excluyente. Ambos tienen sustento jurídico. Sin embargo, mientras el sistema democrático predomina en el aspecto formal con un amplio desarrollo constitucional aunque cada vez más extinto en la realidad, el corporativismo, con apenas un par de disposiciones constitucionales de eficacia indirecta y sin ningún desarrollo legislativo, ha terminado imponiéndose en la cotidianidad.

Según el sistema constitucional, las decisiones políticas fundamentales las deben tomar solo quienes se encuentran legitimados democráticamente y sometidos a determinados límites y controles. Esto se garantiza constitucionalmente, entre otros principios, en la soberanía nacional (artículo 2), independencia de poderes (artículo 129), pluralismo político y alternancia en el poder mediante el derecho al sufragio (artículos 5 y 51), independencia del poder judicial (artículo 166), consagración de derechos (artículos 23 y siguientes), probidad y rendición de cuentas (artículo 130, párrafos tercero y cuarto) y  responsabilidad (artículo 131, párrafos primero, sexto y séptimo).

Es decir, las decisiones que afectan los intereses generales de los nicaragüenses las deben tomar, dentro de sus ámbitos competenciales y conforme los procedimientos establecidos, el presidente de la República, la Asamblea Nacional, los alcaldes y concejos municipales y los Consejos Regionales. Nadie más. Por eso ellos deben rendir cuenta de sus bienes, se someten al control de la Contraloría General de la República, no pueden obtener concesiones del Estado ni representar o gestionar intereses empresariales nacionales o extranjeros, responden ante el pueblo por sus decisiones y ante el Estado por los perjuicios que causen y pueden cometer delitos contra la administración pública como, entre otros, abuso de autoridad, cohecho, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, peculado, malversación de caudales públicos o fraude, que el resto de ciudadanos, por no ser tomadores de decisiones, no pueden cometer.

El régimen corporativista, basado solamente en la escasa virtualidad jurídica del artículo 98 constitucional, ha impuesto que las decisiones fundamentales se tomen entre el poder ejecutivo y un reducidísimo grupo de personas que no tienen ninguna legitimidad democrática.

Es un régimen corrupto porque no somete a los tomadores de decisión a los controles ni a las inhibiciones o incompatibilidades que establece el sistema constitucional. Irresponsable porque dichos decisores no responden política, penal, civil ni administrativamente ante el pueblo ni ante el Estado por los perjuicios que causen sus decisiones atingentes a los intereses generales. Disfuncional porque no establece mecanismos institucionales ni predictibles que resuelvan sus crisis internas; su única alternativa de salida es la disrupción o la implosión. Ineficiente y excluyente porque, dada la tasa de informalidad de la economía, uno de los interlocutores, el único reconocido por el otro, apenas representa a una parte de solo un sector de no más del treinta por ciento de la realidad nacional.

Este esquema exige el vaciamiento de las instituciones democráticas dejándolas en sus meros cascarones. Por eso, los contertulios, por ejemplo, por un lado perpetran sucesivos fraudes electorales —inexplicables al tenor de todas las encuestas— o, por otro, promueven las llamadas telefónicas como mecanismo sustitutivo de los propios del Estado de Derecho para resolver los problemas, léase bien, no de los ciudadanos a quienes no representan y cuyo número telefónico desconocen, sino de sus agremiados más privilegiados.

El desafío de Nicaragua consiste en refundar el país avanzando hacia un sistema que complemente armoniosamente los mecanismos democráticos del Estado constitucional  con otros mecanismos participativos que involucren a todos los sectores nacionales. Solo eso puede asegurarnos la sostenibilidad de la democracia, el Estado de Derecho y la libertad de empresa y de mercado, verdaderos pilares del progreso y de la felicidad de los ciudadanos y de las naciones.

El autor es jurista constitucionalista.

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