El jueves representantes del Gobierno, sindicatos y sector privado ratificarán el ajuste del 4.125 por ciento que se aplicará a partir del próximo 1 de septiembre al salario mínimo que reciben los trabajadores de nueve de los diez sectores de la economía que se rigen por la Ley 625, Ley del Salario Mínimo.
Dicho incremento es parte del ajuste anual del 8.25 por ciento que se aprobó en febrero pasado para estos sectores y que se aplica, dividido en partes iguales, el 1 de marzo y el 1 de septiembre, es decir cada seis meses.
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El décimo sector cubierto por esta Ley es la industria sujeta al régimen de zona franca, pero este negocia de forma individual y para períodos más largos sus incrementos y los aplica al inicio de cada año.
Ratificarán acuerdo de febrero
“Haremos acto de presencia en el Ministerio del Trabajo para ratificar lo que fue el acuerdo del salario mínimo que se dio en febrero y que inició a partir del primero de marzo y que conforme al acuerdo alcanzado corresponde el segundo incremento del año a partir del primero de septiembre y para esto se tiene que ratificar el día (jueves)”, anunció el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), José Adán Aguerri, en su habitual conferencia de prensa de los miércoles.
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Según Aguerri, representantes de las cámaras que integran el Cosep, sindicatos y Gobierno se reunirán esta mañana en las oficinas del Ministerio del Trabajo (Mitrab) para ratificar este acuerdo que se alcanzó de forma tripartita.
Nuevos salarios para los nueve sectores que tendrán ajuste
- 3,773.82 córdobas mensuales será el salario mínimo para el sector agropecuario.
- 5,738.20 córdobas mensuales será la paga mínima en el sector pesca.
- 6,777.61 córdobas mensuales ganarán los trabajadores del sector minas y canteras.
- 5,074.31 córdobas mensuales será la paga mínima en la industria manufacturera.
- 4,054.76 córdobas mensuales ganarán los trabajadores de la micro y pequeña industria artesanal de producción y turística.
- 6,921.93 córdobas mensuales será la paga para el sector electricidad, agua, comercio, restaurantes, hoteles, transporte, almacenamiento y comunicaciones.
- 8,445.44 córdobas mensuales será la paga mínima en la construcción y establecimientos financieros.
- 5,290.48 córdobas mensuales será el salario para los servicios comunales sociales y personales.
- 4,706.12 córdobas mensuales será la paga mínima en el Gobierno central.
Estos salarios comenzarán a regir el 1 de septiembre y estarán vigentes hasta el 28 de febrero del 2018.