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EL HUMOR DE
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#!/usr/bin/perl
use Mail::Sendmail;
require "cgi-lib.pl";
#variables que recibira de su forma
#los nombres dentro de $in (results, subject, etc) deben coincidir
&ReadParse;
$results = $in{'results'}; delete $in{'results'};
$subject = $in{'subject'}; delete $in{'subject'};
$sendto = $in{'sendto'}; delete $in{'sendto'};
$form = $in{'form'}; delete $in{'form'};
$website = $in{'website'}; delete $in{'website'};
delete $in{'submit'};
delete $in{'Submit'};
delete $in{'Reset'};
$url = $ENV{'HTTP_REFERER'};
$fecha = time();
&PrintError("No se especifico un email.") if ($sendto eq '');
&PrintError("No se especifico un subject.") if ($subject eq '');
&PrintError("No se especifico pagina de resultados.") if ($results eq '');
&send_an_email;
&send_a_redirect;
sub send_an_email
{
$date = &getDate;
$info = "Alguien ha llenado información en el formulario de $form:\n $url\ncon la siguiente información:\n";
$info .= "Date: $date\n";
$info .= "\n";
$info .= "\n";
foreach $key (keys(%in)) {
$info .= " $in{$key}\n";
}
$info .= "\n---Fin del mensaje---";
%mail = ( To => $sendto,
From => 'Foro La Prensa ',
Subject => $subject,
Message => $info
);
&sendmail(%mail) or die $Mail::Sendmail::error;
}
sub send_a_redirect
{
print "Location: http://$website/$results\n\n";
}
sub getDate{
@RealDay = ("Sun","Mon","Tue","Wed","Thu","Fri","Sat");
@RealMonth = ("Jan","Feb","Mar","Apr","May","Jun","Jul","Aug","Sep","Oct","Nov","Dec");
($sec,$min,$hour,$mday,$mon,$year,$wday,$yday,$isdst) = localtime (time);
$year += ($year < 90) ? 2000 : 1900;
$mins = (sprintf ("%02d",$min));
$daweek = $RealDay[$wday];
$month = $RealMonth[$mon];
#if ($TZ eq "") {
# offset in hours
#my $offset = sprintf "%.1f", (timegm(localtime) - time) / 3600;
#my $minutes = sprintf "%02d", ( $offset - int($offset) ) * 60;
#$TZ = sprintf("%+03d", int($offset)) . $minutes;
#}
$am = "AM";
$am = "PM" if($hour>12);
$hour -= 12 if($hour>12);
return "$daweek, $mday $month $year $hour:$mins $am -0600";
}
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Los ruidos y la ley
Guillermo Áreas Cabrera gareas@cablenet.com
Nuestra Ley General del Medio Ambiente en su artículo 121 declara al Minsa como el encargado de regular las actividades que afectan la salud por su olor, ruido o falta de higiene. En EE.UU. diez millones de personas acuden anualmente a solicitar asistencia médica debido a malestares auditivos ocasionados por ruidos.
En Inglaterra y Estados Unidos las leyes contra ruidos (noise laws) son promulgadas a través de ordenanzas municipales, las cuales son basadas en el principio supremo del derecho romano de no perjudicar a los demás (alterum non laedere), la obligación de las autoridades municipales de proteger a los miembros de la comuna contra enfermedades y la declaración del ruido como contaminante ambiental.
Por lo general estas ordenanzas constan de cuatro grandes partes. En la primera define términos, tales como lo que es ruido, decibel, afectado, emisor, etc., etc.; en la segunda parte pasan a enlistar las fuentes de los ruidos y su persistencia. Todas las ordenanzas que leí incluyen las iglesias, las cuales ellos denominan “templos de oración” y el “número de decibeles a los que puede llegar cada uno”. La última parte son procedimientos administrativos para la aplicación de la ordenanza.
En los templos de oración el ruido es regulado estableciendo un número máximo de decibeles (medida de ruido) que se mide a determinado número de pies de la entrada del templo. La distancia más larga que encontré fue de 50 pies y la mayor intensidad de ruido permitido fue 65 decibeles. Cosa curiosa, únicamente encontré en lo que se refiere a templos de oración, casos de multa a lugares de los que denominamos en Nicaragua como iglesias de Dios.
Las multas que establecen a los violadores de la ley de ruidos son aplicadas por las policías locales como parte de su función gubernativa de prevenir y corregir. Algo similar a la protección que la Policía tiene que otorgar en Nicaragua a los ciudadanos contra las vías de hecho de terceros cuando se atenta contra su propiedad, vida, honor e intereses. El violador reincidente de la ley está sujeto hasta la suspensión total de la actividad.
En todos estos casos nos encontramos con las excepciones en la aplicación de la ley, las cuales son solicitadas en ciertas comunidades ante las alcaldías y en otras ante la Policía. Ejemplo: Santo Domingo, necesitaría de un permiso en caso de la traída del Santo fuere a causar ruido superior a los establecidos por la ley. De salir y no solicitar su permiso y con el ruido violar el número de decibeles permitidos por las normas del caso, la Policía tendría que suspender la actividad independiente del número de promesantes y las promesas cumplidas.
Referente al caso nacional de los templos de oración, perfectamente podemos implementar un sistema similar al existente en otros países, estableciendo el número de decibeles de ruido que pueden llegar a generar los templos de oración a tantos pies de distancias de sus puertas de entrada.
Los miembros de la Asamblea que lo deseen pueden llamarme o escribirme para darles información gratuita en donde encontrar leyes y reglamentos relacionados con el ruido, su aplicación y sentencias de tribunales en el extranjero que puedan servirles de guía para promulgar una buena ley antirruidos o idear la forma para que sean los municipios en conjunto con el Minsa quienes normen las emisiones de ruido de acuerdo a las actividades y diferentes zonificaciones en su comunidad.
En lo personal, no creo que Corinto, puerto en el Pacífico, requiera el mismo control de ruidos que el municipio de Waslala o el de la ciudad de Managua.
El autor es Abogado y Notario Público y Administrador de Empresas.

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