JUEVES 7 DE JULIO DEL 2005 / EDICION No. 23863 / ACTUALIZADA 03:00 am





EL HUMOR DE



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Penarán bulla contra vecinos

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Los diputados nicaragüenses aprobaron ayer una ley en que el ruido excesivo fue catalogado como contaminación acústica y, por tanto, como delito ambiental.

 

Luis Felipe Palacios y
José Adán Silva
nacionales@laprensa.com.ni

Cuidado. Elevar el volumen de su música o hacer campañas religiosas nocturnas con gritos y un sonido exagerado de guitarras, baterías, pianos, maracas o timbales, será considerado un delito ambiental.

Y como todo delito, tendrá una pena y una multa que pagar, sobre todo si sus vecinos no comparten sus gustos o credos, himnos o cantos en alto volumen.

Los ruidos excesivos fueron considerados como contaminación acústica, dentro de la Ley Especial de Delitos contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobada ayer en lo general por la Asamblea Nacional.

La ley, aprobada con el voto favorable de 61 de los 91 diputados, establece severas sanciones penales y multas contra aquellas personas que cometan delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales.

DIPUTADOS “FRESCOS”

Ningún legislador votó en contra de la mencionada ley, aunque 18 diputados no votaron ni a favor ni en contra. Tampoco se abstuvieron. Simplemente estuvieron presentes pero no expresaron, con su voto, su opinión sobre la ley. Otros 12 diputados no asistieron a la sesión plenaria.

El legislador Jaime Morales Carazo, presidente de la Comisión del Medio Ambiente de la Asamblea Nacional, pidió a sus colegas la aprobación de la Ley “porque el país requiere penalizar los delitos ambientales para que no se sigan dando, por ejemplo, la tala indiscriminada de madera”.

La ley fue votada sólo en lo general y según el diputado sandinista José Martínez, miembro de la Comisión del Medio Ambiente, será discutida en lo particular posiblemente la próxima semana.

El diputado Orlando Tardencilla, de la bancada Azul y Blanco, pidió a la junta directiva discutir el dictamen del Código Penal donde se establece un capítulo especial para este tema, “porque es urgente unificar la legislación penal nicaragüense y dotar de instrumentos, procedimientos y atribuciones a las entidades encargadas de la defensa del medio ambiente”.

APLAUSOS Y DUDAS

La aprobación de una ley que castigue a quienes destruyen el medio ambiente, arrancó aplausos de alegría al procurador del Medio Ambiente, Lisandro D’León Mairena, pero también un poco de preocupación.

“Me satisface enormemente que los señores legisladores tomen en cuenta los recursos del Estado para protegerlos de los depredadores de la naturaleza, pero me preocupa un poco la aplicación de la Ley en lo referente a quién ejercería la acción penal”, expresó el funcionario.

De acuerdo con D’León, ellos propusieron a los diputados una reforma a la ley, para determinar ahí que la acción penal y acusatoria por delitos ambientales fuera ejercida por la Procuraduría del Medio Ambiente, sin necesidad de recurrir al Ministerio Público.

“Recuerde que la naturaleza, sus recursos y su diversidad, son patrimonio del Estado y nosotros queremos ser quienes ejerzamos las acciones penales, por ser quienes estamos más preparados en el tema”, justificó D’León.

DE LA BULLA AL TRÁFICO

La ley establece penas desde seis meses hasta cuatro años y multas desde mil a 50 mil dólares, a quienes contaminen el aire, el agua, el ambiente de la comunidad; a quienes manipulen, transporten o guarden sin permiso y sin condiciones material contaminante.

Asimismo, se estipulan cierres, multas y obligaciones de reparaciones a empresas que provoquen derrames de sustancias contaminantes, oculten daños ambientales, alteren estudios de impacto ambiental para evitar revisión estatal y arrojen material contaminante a fuentes de agua, bosques y demás recursos naturales no autorizados.

Si esas acciones las ejecutaran los funcionarios públicos, según la ley, las penas y multas serán las mismas, pero el culpable será inhabilitado para ejercer cargos públicos por dos años o más.

Las mismas sanciones serán impuestas a quienes se les descubra en el tráfico ilegal de madera, plantas, animales o cualquier especie no autorizada para comercio y para quienes violen las vedas establecidas oficialmente.
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