A partir de este año, los municipios deberán asumir la inversión en acueductos y alcantarillados, así como en las redes de abastecimiento de energía domiciliar y pública en sus municipios, con los mismos fondos del presupuesto municipal.
Los municipios con más ingresos deberán realizar mayores inversiones en los sistemas que estén funcionando y cuya construcción, ampliación o rehabilitación tengan un costo menor a la suma del monto que se proyecta transferirle al municipio en los próximos cuatro años, tal como lo establece el documento de reformas y adiciones al Decreto 52-97, Reglamento a la Ley de Municipios, según un documento publicado en el diario oficial La Gaceta del pasado 29 de noviembre del 2005.
La directora ejecutiva de la Asociación de Municipios de Nicaragua (Amunic), Patricia Delgado, aseguró que ese planteamiento es inconstitucional, porque “no se pueden planificar las inversiones por cuatro años si los presupuestos son anuales y los ingresos varían”.
CONTRA EL DECRETO
Precisamente por eso, Amunic introducirá ante la Corte Suprema de Justicia un recurso por inconstitucionalidad, por la aprobación de ese decreto.
El Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados y la Comisión Nacional de Energía son los entes encargados de elaborar la lista de acueductos, alcantarillados y redes de abastecimiento de energía que asumirán las alcaldías.
Los municipios en las categorías E, F, G y H asumirán la planificación, normativa y control del uso del suelo y del desarrollo urbano, suburbano y rural, además se encargarán del registro del estado civil de las personas y otras atribuciones.
La eficiencia en la recaudación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la población, y la ejecución de las transferencias en cada Alcaldía son los parámetros que ubican a las alcaldías entre las categorías A y H, y entre más se acerque a la H un municipio es más pobre.
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