Las recientes mociones, que acordaron los miembros de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional a un proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, limitarán ese derecho a los ciudadanos, consideró ayer Orestes Papi, representante de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro.
Una de esas mociones señala que las declaraciones de probidad serán consideradas “información privada” y sólo estarán en manos de la Contraloría General de la República (CGR). Orestes Papi calificó como “una traba” a los ciudadanos el acuerdo de los diputados.
Esta moción, a criterio de Orestes Papi, “limita” y “traba” el espíritu de la Ley de Acceso a la Información Pública, que permanece en la tubería legislativa desde inicios de la actual década.
“Hay elementos preocupantes en estas mociones. Quiero decir que ha habido una buena comunicación con la Comisión de Justicia, pero eso no quita que las mociones presenten cierta preocupación”, declaró ayer el representante de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro.
LA MOCIÓN AL ARTÍCULO CUATRO
Los diputados de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos decidieron que el Artículo 4, en su literal m, señale: “Información privada. La compuesta de datos personales referidos a su vida privada o la de su familia, tales como salud, raza, preferencia política o religiosa, situación económica, social o familiar o a su honra y reputación; y todos aquellos datos personales que están tutelados y protegidos por la Constitución Política”.
La moción provocaría que la población siga desconociendo por completo las declaraciones de probidad de los funcionarios públicos.
José Pallais, diputado por el Partido Liberal Constitucionalista (PLC) y presidente de la comisión legislativa; y Adolfo Martínez, representante por la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) y miembro de esa comisión, comentaron que la decisión responde a supuestos asuntos de seguridad para los funcionarios de Estado.
“Hay personas que pueden investigar para hacer delitos y si tienen acceso libre a esa información (declaraciones de probidad) pues pueden andar pendientes de cuáles son los recursos que tiene cada quien para causar problemas que se están viviendo en otros lados, como Guatemala y El Salvador y que aquí no nos han llegado pero que nos pueden llegar”, indicó Martínez.
Pallais argumentó que en un primer momento los miembros de la comisión estaban dispuestos a aprobar que las declaraciones de probidad fueran públicas.
“Pero hubo consenso de todos los presentes de que eso se considere información privada. Además, en la definición de información privada está la situación económica de las personas, al igual que el sigilo bancario. Lo que hay en la declaración de probidad es mera información de situación económica”, dijo Pallais.
LIMITAN DERECHO
Sin embargo, Orestes Papi sostuvo que la decisión limitará el derecho de los ciudadanos para obtener información estatal.
“Con esto de las declaraciones de probidad, evitar que eso sea información pública es una manera de limitar la información a la opinión pública (...) nos parece inadecuado porque hay leyes de acceso a la información pública, que de acuerdo con las normas internacionales, un concepto de esta naturaleza es admitido”, señaló Papi.
“Se limita en alguna medida el derecho a la información pública que tiene el ciudadano. Para nosotros, el dictamen como fue aprobado (en julio del 2006) por la Comisión de Justicia era aceptable. El trabajo de las mociones para nosotros ha consistido en ponerle candados a las cosas”, añadió Papi.
La Ley de Acceso a la Información Pública no tiene fecha de discusión. Los diputados mantienen el proyecto en la agenda del día, aunque no hay fecha para que pase a debate.
“Tenemos que ver con seriedad todo esto y no dejarnos llevar por impresiones y por lo que dicen otros, estamos tratando a profundidad y mucha responsabilidad este tema de la información, porque no queremos ni causarle daño al ciudadano en su honra y prestigio, ni tampoco exponernos a que personas con intereses delincuenciales puedan venir a averiguar patrimonios y bienes que tengan otras personas para causarles daños”, añadió Martínez en defensa de las mociones.
LA OTRA MOCIÓN
Mientras, la moción al literal f del Artículo 15 de la Ley de Acceso a la Información Pública estipula: “Cuando se trate de proyectos de sentencias, resoluciones y acuerdos de un órgano unipersonal o colegiado en proceso de decisión, así como las recomendaciones u opiniones de técnicos o de los integrantes del órgano colegiado que formen parte del proceso deliberativo, mientras no sea adoptada la decisión definitiva”.
Orestes Papi indicó que en su momento propusieron eliminar una moción de ese tipo, por “las trabas” que impone a los ciudadanos.
“Nos preocupa que estén poniéndoles trabas a algunos aspectos, como a las declaraciones de probidad. O por ejemplo, estar queriendo limitar que todo lo que está en proceso o en procedimiento de juicio no se pueda tener acceso”, explicó Papi.