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Ayuda de EE.UU. estaríacondicionada a 50 casos

  • “Sería injerencia
    intolerable en
    asuntos internos”,
    dice embajador
    Aguirre Sacasa

ALBERTO L. [email protected] [email protected]

Una severa limitación del campo de acción del Ejecutivo estadounidense para otorgar el “waiver” a Nicaragua, el bloqueo de la ayuda económica bilateral y del voto de Estados Unidos en organizaciones financieras internacionales, serían las consecuencias de la aprobación del proyecto de ley del presidente del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara de Representantes, Benjamin Gilman.

El embajador de Nicaragua en Washington, Francisco Aguirre Sacasa, afirma lo anterior y sostiene que la propuesta de Gilman introduce la condición de solucionar cada año 50 casos específicos fijados por las autoridades de EE.UU., para que nuestro país obtenga el “waiver”.

“Este último elemento de condicionalidad es particularmente inaceptable”, considera Aguirre Sacasa. “Involucraría a los Estados Unidos en el ´micromanejo´ del tema de la propiedad y constituiría una injerencia intolerable en nuestros asuntos internos”.

El principal diplomático nicaragüense en el exterior señala que el proyecto aún debe recorrer un largo camino para convertirse en ley. Tiene que ser aprobado por las dos cámaras del Congreso —-aún no se introduce en el Senado—- y firmado por el presidente Bill Clinton. Este también lo puede rechazar o engavetar.

Al responder a las preguntas de LA PRENSA por correo electrónico, Aguirre Sacasa se mostró optimista de que la iniciativa de Gilman no llegará a hacerse realidad.

Además, a su juicio, la administración “no ve con buenos ojos esta iniciativa y no me extrañaría que tratara de frenarla”.

-¿Cual es el Estado del Proyecto de Ley en el Congreso?

-El proyecto de ley fue introducido en la Cámara de Representantes el 8 de junio por el diputado Ben Gilman, Republicano de Nueva York. Otros ocho diputados lo coauspiciaron. Hasta la fecha, no se ha introducido un proyecto de ley paralelo en el Senado norteamericano. No olvidemos que un proyecto de ley tiene que ser aprobado por ambas cámaras antes de ser sometido al Presidente para su consideración. El Presidente, a su vez, tiene tres opciones: firmarlo, vetarlo o engavetarlo. O sea que todavía falta mucho para que este proyecto de ley se promulgue.

He tenido contactos extensos con la oficina del Senador Jesse Helms (presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado) y me siento satisfecho que esa oficina tiene una apreciación acertada de la situación de la propiedad en Nicaragua y que reconoce el esfuerzo que el Gobierno está haciendo por agilizar la resolución de los casos de ciudadanos norteamericanos confiscados.

En cuanto a “timing”, el período de tiempo adecuado para su discusión (nota de LA PRENSA), veo altamente improbable que ambas cámaras del Congreso lograsen ponerse de acuerdo sobre esta iniciativa en un futuro próximo. Recordemos que hay 435 diputados y 100 senadores y reunir una mayoría a favor de este proyecto de ley en ambas cámaras tomará tiempo. Y los meses venideros coincidirán con vacaciones de verano en los Estados Unidos y con varios recesos del Congreso. Evidentemente, aprovecharé este período para continuar con el cabildeo profesional y sereno que, espero, convencerá a los congresistas norteamericanos de que nuestro Gobierno sí toma en serio el tema de la propiedad y que está haciendo lo imposible, no sólo lo posible, por resolver el máximo número de casos de confiscados norteamericanos.

-¿Qué dice el proyecto de, llamémoslo así, “ley Gilman” y cuál es la posición de la administración Clinton?

-El proyecto de ley esencialmente restringiría severamente la flexibilidad que tiene la administración norteamericana para conceder el “waiver” a Nicaragua durante los próximos dos años. Más precisamente, haría mucho más difícil que Estados Unidos continuara brindándonos ayuda económica, exceptuando la ayuda humanitaria, de reconstrucción y para la lucha contra el narcotráfico. Además, obligaría al Director Ejecutivo norteamericano votar en contra de nuevos préstamos y créditos para Nicaragua en las instituciones financieras internacionales como el Banco Mundial, el FMI y el BID. Finalmente, el proyecto de ley impediría el otorgamiento del “waiver” a menos que 50 casos específicamente fijados por los norteamericanos fueran resueltos anualmente por Nicaragua. Este último elemento de condicionalidad es particularmente inaceptable, ya que involucraría a los Estados Unidos en el “micromanejo” del tema de la propiedad y constituiría una injerencia intolerable en nuestros asuntos internos.

El jueves, 15 de junio, me reuní con el señor Peter Romero, subsecretario de Estado para América Latina en el Departamento de Estado, y su equipo para Nicaragua. Le expuse las inquietudes que nuestro Gobierno tiene con relación a este proyecto de ley y le entregué una ayuda memoria que detalla lo mucho que estamos haciendo para darle solución feliz a los reclamantes norteamericanos. Estos esfuerzos incluyen nuestro compromiso de resolver 520 casos este año y el progreso que hemos hecho para cerrar la docena de casos que son de interés particular para el Gobierno estadounidense. Calificaría este encuentro de altamente positivo y noté mucha comprensión para la posición de Nicaragua.

En cuanto a la posición de las autoridades norteamericanas con relación a este proyecto de ley, por los años que tengo de vivir en este país y mi conocimiento del sistema constitucional estadounidense, pienso que el proyecto de ley no puede ser del agrado del Departamento de Estado ni de la administración porque lo verían como una injerencia indebida del Congreso en un tema que debería de ser de competencia de la administración. Con esto no quiero insinuar de que el proyecto de ley es inconstitucional —-porque el Congreso puede limitar el campo de acción del Ejecutivo, y lo ha hecho en otros casos—- pero me imagino que la administración Clinton no ve con buenos ojos esta iniciativa y no me extrañaría que tratara de frenarla.

-¿Por qué ahora y cuál es el papel que juega el señor Luis Raúl Cerna, uno de los confiscados más activos en sus reclamos?

-Aunque los asesores de los diputados Dan Burton y Ben Gilman, quienes son los impulsores de este proyecto de ley, me han asegurado de que esta iniciativa nace de una frustración por la supuesta falta de progreso en la resolución de casos de norteamericanos, estoy seguro de que esto sólo explica parte de este drama. Estoy absolutamente seguro que esta acción se debe principalmente al cabildeo que tiene más de tres años de estar realizando Luis Raúl Cerna en el Congreso estadounidense, en donde él ha logrado un cierto nivel de penetración por su persistencia. Como nicaragüense, estoy en desacuerdo con lo que el señor Cerna está haciendo porque, de ser exitosa su campaña, perjudicaría a 5 millones de mis compatriotas y pondría en peligro nuestro esfuerzo por salir de la miseria y del subdesarrollo profundo en que nos encontramos. Pero al mismo tiempo, tengo que reconocer que al cabo de tres años, la inversión de tiempo y de cabildeo que ha hecho el señor Cerna ha surtido un cierto efecto.

En cuanto a mí concierne, seguiré tratando de explicar en Washington la realidad nicaragüense con relación a la propiedad de una manera profesional y serena. Confío que lograremos convencer al Congreso de que esta iniciativa es una sobrerreacción innecesaria en vista del progreso que Nicaragua está haciendo para resolver los casos de confiscados norteamericanos. Pienso que al fin y al cabo, se comprenderá en el Congreso que este proyecto de ley —-de ser promulgado—— lastimaría las buenas relaciones que los Estados Unidos tienen con nuestra pequeña pero digna nación.

¿QUE ES EL “WAIVER”?

El “waiver” o exención, es un acto legal del Gobierno de Estados Unidos que se aplica a un país donde se han confiscado propiedades a sus ciudadanos, si éste ha progresado satisfactoriamente en la solución, según los criterios de EE.UU., en la indemnización por esas confiscaciones o expropiaciones.

Al otorgarse el “waiver”, el Presidente estadounidense podrá prohibir sanciones obligatorias prescritas en la sección 527 de la Ley de Autorización de Relaciones Extranjeras, para gobiernos que aún no hayan resuelto los reclamos de propiedad de los ciudadanos norteamericanos.

Si un Estado no obtiene este “visto bueno”, la ley estipula que el Gobierno norteamericano no puede desembolsar ayuda económica directa o votar a favor de créditos para este determinado Estado en las organizaciones financieras internacionales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional o el Banco Interamericano de Desarrollo. En todos ellos los Estados Unidos es el accionista mayoritario.

El período en el cual se mide el avance de un país en la resolución de casos es llamado “año waiver” (waiver year), que va desde el 1 de agosto de un año hasta el 31 de julio del siguiente.

(Fuente: USIS)   

Editorial
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