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Sentencia de juez es viciada y peligrosa

Para el abogado Adán Barillas la Contraloría, la Procuraduría y el Juez Solís les dieron en bandeja su libertad a Byron Jerez y Jorge Solís Farias, demostrando que en Nicaragua no todos somos iguales ante la ley Nula, contradictoria, superficial, viciada y hasta peligrosa, fue calificada por abogados penalistas, la sentencia del Juez Walter Solís. […]

  • Para el abogado Adán Barillas la Contraloría, la Procuraduría y el Juez Solís les dieron en bandeja su
    libertad a Byron Jerez y Jorge Solís Farias, demostrando que en Nicaragua no todos somos iguales ante la ley

Nula, contradictoria, superficial, viciada y hasta peligrosa, fue calificada por abogados penalistas, la sentencia del Juez Walter Solís.

Adán Barillas y Boanerges Ojeda, penalistas de larga trayectoria, valoraron ayer que por un lado la posición del Juez Solís al instruir este caso fue pasiva, mientras que la de la Procuraduría sólo puede considerarse como “cómplice”.

Para Barillas, tanto la Contraloría como la Procuraduría y el Juez Solís le dieron en bandeja su libertad a Jerez y Solís Farias, demostrando que en Nicaragua no todos somos iguales ante la ley.

Al dictaminar, el Juez Solís cayó en incongruencias y vicios que hicieron de la investigación algo “ridículo” e “insuficiente”, precisó Ojeda, al preguntar cómo es posible que si para el judicial lo que “más se ajusta con los hechos narrados“ por Rafael Córdoba Alvarez es fraude, termina sobreseyendo a Byron Jerez y Jorge Solís por ese delito.

“Es así que lo señalo como fraude por ser el que más se ajusta a los hechos narrados y con el fondo toral de la investigación”, dice textualmente el fallo, por lo cual Ojeda indica que con sus palabras el mismo Juez Solís le da la razón al denunciante en cuanto a que sí existe cuerpo del delito.

Asimismo, indicó que la sentencia del juez suplente es nula porque habiendo conocido tanto de la denuncia de Alvarez como de la interpuesta por Zoila Guadamuz, Saúl Cordón e Irving Dávila, sólo se pronunció por la del primero.

Ojeda, quien hace algunos años fue Juez de lo Penal y Barillas, coincidieron en decir que los 23 días que el juez se tomó para instruir el caso fueron insuficientes, contrario a lo que ocurre en otros casos en que no hay reos detenidos, donde no sólo este judicial, sino otros se llevan hasta meses sin dictar sentencia.

Ambos juristas indicaron que estando facultado para hacerlo, el judicial no llamó a declarar a todas las personas que pudieron haber aportado información valiosa, no hizo inspecciones ni rompió el sigilo bancario,

Fue un juicio plagado de vicios, estimó Ojeda, por dar lugar a la recusación contra Quezada y Ampié sobre causales ilegales, violó el artículo 34 de la Constitución al impedir que los periodistas estuviesen presentes en la indagatoria de Jerez y no investigar a fondo como se esperaba.

Con relación a una posible apelación del fallo, los juristas se mostraron desalentados por cuanto si la Procuraduría jamás asumió su papel, menos aún lo hará ahora que se sobreseyó a los procesados. No obstante, Ojeda indicó que si así lo desean, los denunciantes pueden hacerlo.

Por su parte, el doctor Barillas indicó que en su criterio, el caso de los checazos se inscribe en la figura jurídica de peculado, por cuanto alguien se apropió de algo que le pertenece al Estado.

Apuntó que el judicial debió mandar a verificar las firmas de los que endosaron y cobraron los cheques, pedir peritos calígrafos al Banco Central e impulsar otro sin fin de diligencias, y no esperar que Córdoba Alvarez aportara pruebas porque al fin y al cabo es a la autoridad judicial a quien le corresponde determinar si hay o no cuerpo del delito.   

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