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Tribunal suspende multa impuesta a Byron Jerez

Será la Corte Suprema la que resolverá sobre la suspensión del cargo ordenada por la Contraloría General de la República JANELYS CARRILLO [email protected] El Tribunal de Apelaciones de Managua ordenó suspender el pago de casi medio millón de córdobas que el ex director general de Ingresos, Byron Jerez, debía enterar al Ministerio de Hacienda y […]

  • Será la Corte Suprema la que resolverá sobre la suspensión
    del cargo ordenada por la Contraloría General de la República

JANELYS CARRILLO [email protected]

El Tribunal de Apelaciones de Managua ordenó suspender el pago de casi medio millón de córdobas que el ex director general de Ingresos, Byron Jerez, debía enterar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por resolución de la Contraloría General de la República (CGR).

Aunque aún no había sido notificado de la resolución el presidente de la CGR, doctor Guillermo Argüello Poessy, declaró que la institución acatará el espíritu de la misma, en atención a la disposición constitucional de que los fallos judiciales son de ineludible cumplimiento.

La Corte de Apelaciones ordenó tramitar el Recurso de Amparo que Jerez interpuso contra la resolución del siete de junio de la CGR, que le determinó responsabilidad civil por la suma de 473,439.66 córdobas, así como responsabilidad administrativa por la cual ordenó su destitución del cargo.

Al respecto, la Sala Civil del citado Tribunal dio lugar “a la suspensión de los efectos que aún no hubieren sido cumplidos dentro del ámbito administrativo del acto reclamado”.

Es decir, que sobre la destitución del ex director general de Ingresos, que “es el fondo del asunto” y que es un efecto ya cumplido, será la Corte Suprema de Justicia la que resuelva, una vez que las diligencias pasen a ese máximo Tribunal.

La misma resolución rechazó la petición de Jerez expresada en un recurso de reposición, que pretendía lograr una rebaja en el monto de la fianza por 51,461 córdobas que la Corte de Apelaciones le había ordenado rendir.

También ordena remitir las diligencias a la Corte Suprema de Justicia y oficio a los miembros de la CGR, para que envíen informe del caso al Supremo Tribunal de Justicia dentro de diez días contados a partir de la fecha que reciban los oficios.

Cuando Jerez recurrió de amparo, argumentó que la CGR incurrió en flagrante violación de las normas jurídicas que rigen el Derecho de Amparo porque ordenó ejecutar la sanción de cesación y multa antes de los 30 días que la Constitución y la Ley de Amparo le otorgan para impugnar la resolución.  

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