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El Salvador en la búsqueda de mejorar sistema de elección de magistrados

El 50 por ciento de los candidatos a ser electos por el Legislativo es presentada por las asociaciones de abogados y el otro 50 por ciento por el Consejo Nacional de la Judicatura A diferencia de Nicaragua en El Salvador las Salas son específicas, es decir que el que es magistrado de lo civil sólo […]

  • El 50 por ciento de los candidatos a ser electos por el Legislativo es presentada por las asociaciones de abogados y el otro 50 por ciento por el Consejo Nacional de la Judicatura
  • A diferencia de Nicaragua en El Salvador las Salas son específicas, es decir que el que es magistrado de lo civil sólo ve el derecho civil y así con lo penal, lo contencioso administrativo, etc

Jorge Loáisiga Mayorga [email protected]

Carteles y afiches de propaganda de 66 candidatos, entre ellos 12 mujeres, pegados en la mayoría de los tribunales de El Salvador, marcaron el ambiente del proceso eleccionario de 15 magistrados y sus suplentes a la Corte Suprema de Justicia que ese país vivió en abril de este año.

Contrario a lo que ocurre en Nicaragua donde la elección de magistrados a la Corte Suprema de Justicia y la Presidencia de ese poder del Estado está marcada por acuerdos políticos de partidos, en El Salvador el proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia busca ser más transparente, más democrático y participativo y no se permite que los candidatos sean miembros reconocidos de partidos políticos.

De acuerdo a la legislación constitucional de El Salvador, el 50 por ciento de los candidatos a magistrados a ser electos (15 propietarios y 15 suplentes) por la Asamblea Legislativa es presentada por las asociaciones de juristas y abogados del país, mientras el otro 50 por ciento es presentado por el Consejo Nacional de la Judicatura.

En este ejemplo cercano, las asociaciones de juristas están obligadas por Ley a convocar públicamente a sus miembros que estén interesados en ostentar un cargo de magistrado en la Corte Suprema de Justicia.

Luego de la convocatoria, se selecciona a los más idóneos y se presentan los candidatos en la Asamblea Nacional. Similar proceso hace el llamado Consejo Nacional de la Judicatura, que de acuerdo al artículo 186 de la Constitución salvadoreña es la encargada de presentar las listas de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia en la Asamblea Nacional.

“Los candidatos a magistrados son el resultado de un proceso electoral que hacen los más de 6,000 abogados del país. Hay un proceso electoral de las asociaciones de abogados. Es algo bastante democrático”, explicó un jurista salvadoreño consultado por LA PRENSA.

De acuerdo al jurista en el artículo 26 de la Ley de Carrera Judicial de El Salvador está claro el punto en el que se estipula que quienes tienen vida partidaria no pueden ser electos a magistrados de la Corte o de otras instancias judiciales.

“La elección de los miembros de la Judicatura son los mismos que para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia o juez, entre ellos es que no tengan participación política activa en ningún partido, es un requisito indispensable” expresó.

Agregó que “no es extraño encontrar personas sin filiación política. Hay muchos profesionales que no tienen nada que ver con partidos políticos. Es parte de la idiosincrasia del salvadoreño que le gustar ser lo que es por sus capacidades y no por pertenecer a un partido político”.

De acuerdo a la fuente el resultado de este sistema que tiene seis años de estarse implementando ha sido positivo por las tres elecciones que ha habido porque son el reflejo de la voluntad de los directamente interesados, como podrían ser los abogados, y el pueblo en general a través de los diputados. “Ahí hay un equilibrio en el ejercicio del poder”, dijo.

Pero lo salvadoreños han ido más de allá de la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia desde las asociaciones de abogados y el Consejo Nacional de la Judicatura. La Asamblea Nacional al elegir a los magistrados también elige al Presidente de la Sala de lo Constitucional de la Corte que a su vez será el Presidente de la máxima instancia de justicia y a los primeros cuatro magistrados que integraran dicha sala.

“La Asamblea Nacional elige de forma nominativa a cinco magistrados que van a conformar la Sala Constitucional y el presidente de la Corte. En el seno de la corte se eligen al resto de integrantes y presidentes de las salas de la Corte, eso está en la Constitución y evita que los magistrados estén en maniobras para elegir al presidente de la Corte”, agregó la fuente.

Según la legislación salvadoreña los restantes 10 magistrados y los ya electos para la Sala Constitucional deciden cómo se integran las restantes salas.

A diferencia de Nicaragua en El Salvador las Salas son específicas, es decir que el que es magistrado de lo civil sólo ve el derecho civil y así con lo penal, lo contencioso administrativo, etc.

LEGISLATIVO CONTAMINA DE POLITIZACION

En una entrevista concedida al Diario de Hoy, el pasado 27 de marzo del corriente, la presidenta de la Federación de Asociaciones de Abogados, Beatrice de Carrillo, destaca el esfuerzo democrático de los seis mil abogados de su país que en votación secreta eligen a sus candidatos, pero admite que el Legislativo finalmente tiene la última palabra.

“Mientras la elección de los magistrados se realice en la Asamblea Legislativa, siempre va a ser política. Cuando se escogió ese método era en función del proceso histórico del país, era para evitar que fuera de dedo, de forma impositiva”, explicó la jurista.

Carrillo considera que mientras la Constitución salvadoreña no establezca que el Legislativo no puede ignorar la lista de candidatos de las Asociaciones, siempre habrá riesgo de un “dedazo”, de burla al sistema de elección democrática de los candidatos.

“Sí, hasta cierto punto, porque el esfuerzo de los seis mil abogados, de votar, y el esfuerzo de la Federación de Abogados que es enorme para que se den los nombres, por lo menos nos garantiza que hay una cierta democracia en una parte de los candidatos, porque nacen de una elección secreta”, comentó.

ARTICULO 26 DE LA LEY DE CARRERA JUDICIAL DE EL SALVADOR

El ejercicio de un cargo es incompatible con la participación en política partidista, esto es, pertenecer a cuadros de dirección o ser representantes de partidos políticos o realizar actividad proselitista.

¿Qué es el Consejo Nacional de la Judicatura en El Salvador?

– El Consejo se compone de un total de 11 miembros titulares: dos abogados propuestos por la Corte Suprema de Justicia, que no pueden ser magistrados; un magistrado de cámara de segunda instancia; un juez propietario de Primera Instancia; tres abogados en ejercicio; un abogado docente de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad de El Salvador; dos abogados docentes universitarios de las otras facultades, escuelas o departamentos de derecho de las universidades privadas debidamente autorizadas.

– Todos los miembros del Consejo, junto con sus suplentes, son designados formalmente por la Asamblea Legislativa, por mayoría de las dos terceras partes de los diputados electos (artículo 7 de la ley). Los artículos 8 y siguientes definen los procedimientos y requisitos para la designación, así como las incompatibilidades y causas de remoción de los miembros del Consejo.

– El Consejo seleccionará a sus candidatos, por el triple de las vacantes de magistrados, del registro de abogados autorizados que lleve. Además de cumplir con los requisitos constitucionales correspondientes, el Consejo escogerá los candidatos que estime que “ostentan el más alto nivel de experiencia profesional y académica, honorabilidad, cultura, respetabilidad, méritos cívicos y otros atributos similares que garanticen una acertada escogencia” (artículo 22 de la ley). La Asamblea Legislativa hará el nombramiento de magistrados titulares y suplentes, mediante votación nominal y pública, con mayoría de dos tercios, cuando menos.  

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