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La consulta del FSLN, paso a paso

José Adán Silva [email protected] A las votaciones del 21 de enero del 2001 podrán participar todos los nicaragüenses que así lo deseen, siempre y cuando presenten, como único requisito, la prueba de su residencia en la circunscripción del centro sandinista de votación. Según las disposiciones electorales de la Secretaría Departamental del FSLN, los votantes podrán […]

José Adán Silva [email protected]

A las votaciones del 21 de enero del 2001 podrán participar todos los nicaragüenses que así lo deseen, siempre y cuando presenten, como único requisito, la prueba de su residencia en la circunscripción del centro sandinista de votación.

Según las disposiciones electorales de la Secretaría Departamental del FSLN, los votantes podrán identificarse con su cédula, carnet del INSS, licencia de conducir, carnet de afiliación de cualquier organización social o gremial, carnet de militancia del FSLN, o incluso mediante testimonio de dos personas que lo conozcan.

Cada elector emitirá su voto en boletas diseñadas específicamente para la elección de los precandidatos. El voto será libre, personal, directo, igual y secreto.

PROCLAMACION DE CANDIDATOS

Cada asamblea sandinista departamental proclamará como candidatos a diputados de su departamento a quienes obtengan como mínimo el 25 por ciento de los votos válidos depositados en la consulta.

Si ninguno de los precandidatos -hombres, mujeres, y jóvenes- llegase a ese porcentaje, la elección se declarará desierta y el Comité de Dirección Departamental, en conjunto con la dirección nacional, propondrá nuevos precandidatos de consenso, incluyendo a aquellos que alcanzaron entre el 20 al 24 por ciento de los votos válidos, participando todos en igualdad de condiciones para ser electos por la Asamblea Sandinista Departamental.

Igualmente, el congreso del FSLN, a realizarse el 24 y 25 de febrero del 2001, ratificará a los precandidatos a diputados nacionales y centroamericanos que alcancen el 25 por ciento de los votos válidos en la circunscripción nacional. Caso contrario, se aplicará el mecanismo anterior.

Para la elección del candidato a la presidencia, el candidato deberá obtener el 35 por ciento de los votos válidos depositados en la consulta popular. De lo contrario, la Dirección Nacional propondrá precandidatos al congreso. El candidato o candidata electo propondrá al congreso el candidato a vicepresidente, el que puede o no ser miembro del FSLN.

ELECCION DE DELEGADOS

La elección de los 490 delegados departamentales al Tercer Congreso Ordinario del FSLN, se hará por separado el 28 de enero del 2001.

En esta únicamente participan los miembros del FSLN, y la mecánica de elección será mediante la realización de asambleas de circunscripciones municipales y territoriales, según la estructura de los organismos partidarios en cada territorio o localidad.

Los delegados serán electos mediante mayoría simple de la sumatoria de votos obtenidos en cada una de las asambleas que se realicen. Las Comisiones Electorales Departamentales velarán y ejecutarán el cumplimiento de las cuotas mínimas del 30 por ciento para las mujeres y el 15 por ciento para jóvenes.

El congreso del FSLN, que sesionará el 24 y 25 de febrero, está compuesto por un máximo de 715 delegados, entre los cuales están los 205 miembros de la Asamblea Sandinista Nacional, los 10 miembros de las Comisiones Nacionales de Asuntos Jurídicos y Eticos y Electorales, así como una representación de cinco miembros de las bancadas del FSLN en los Congresos Regionales Autónomos del Norte y Sur del Atlántico, además de los 490 delegados que serán electos por un período de cuatro años el 28 de enero de 2001.

Las cuotas departamentales -de los 490 delegados- se corresponde con la cantidad de votos obtenidos por el FSLN en cada municipio, así por ejemplo, a Managua le corresponde 106, a Tipitapa 11, a Ciudad Sandino 8 y San Rafael del Sur 6, totalizando el Departamento de Managua una representación de 140 delegados del Tercer Congreso Ordinario del FSLN.  

Política

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