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Caso Espinoza: exceso de confianza

No se vale en la práctica profesional en materia de Derecho creer en la honradez jurídica de los jueces. El defensor del ex regente de Méjico, tuvo el error de creer que con la presentación del reo al juez, ello le daba credibilidad a su cliente; de no ser culpable del delito que le acusaban […]

No se vale en la práctica profesional en materia de Derecho creer en la honradez jurídica de los jueces. El defensor del ex regente de Méjico, tuvo el error de creer que con la presentación del reo al juez, ello le daba credibilidad a su cliente; de no ser culpable del delito que le acusaban las autoridades mejicanas de peculado.

La justicia en Nicaragua, como en cualquier otro país de América Latina, siempre tiene una señalada directriz, sea ésta gubernamental o partidaria o bien retributiva por no decir monetaria. De ello proviene la desconfianza de los abogados litigantes, de no exponer a los clientes o al reo de su presentación al juez, en las primeras diligencias de instrucción. Por temor a que el reo sea detenido y torne más difícil el juicio tanto para el reo, como para el abogado defensor. Como en el caso del ex regente de Méjico.

Si el ex regente de Méjico se sentía un perseguido político de su gobierno. Lo primero que debió hacer su abogado defensor era solicitar el asilo político inmediatamente y no esperar a que el gobierno mejicano alegara otro delito (corrupción o peculado) para solicitar su extradición.

La solicitud de asilo político ante las autoridades de Migración le hubieran dado la oportunidad al ex regente de la ciudad de Méjico, de permanecer legal en el país. Sin temor al riesgo de ser detenido por cualquier otro delito que hubiere cometido en su país de origen. La solicitud de asilo político o el juicio de asilo tiene una categoría constitucional, y con una categoría prioritaria a cualquier otro juicio incluyendo la extradición por otros delitos.

La juez en turno en este caso, dictó una orden de detención sólo con un basamento jurídico, en la orden emanada por otro juez en un delito común. La cual es ilegal, pues esta orden se debió haber tramitado junto con el juicio de extradición, para darle al reo y al defensor la oportunidad de demostrar su inocencia. Y no dejar al reo en un estado de indefensión como lo está hasta hoy. Si en Nicaragua existe un Estado de Derecho, debe dársele la oportunidad al ex regente de la ciudad de Méjico, a demostrar su inocencia.

Francisco José Matus Robleto.  

Cartas al Director

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