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Tras negar que exista una crisis dentro del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Francisco Plata, ratificó y respaldó el Auto-Resolución emitido por la Sala Constitucional en contra del doctor José Antonio Alvarado, y mandó a los magistrados de la Sala Civil del Tribunal de Apelaciones de Granada a “proveer conforme a Derecho”, en el caso.
Plata dijo que el hecho de que tres magistrados dentro de la Sala Constitucional se hayan pronunciado en contra del Auto-Resolución que anula lo actuado por la Sala Civil de Granada, no significa que exista una crisis dentro del Poder Judicial.
TRES CONTRA CINCO
Los magistrados Rafael Solís Cerda, Marvin Aguilar y Francisco Rosales Argüello consideran que los magistrados de la Sala Civil de Granada actuaron apegados a la ley al rechazar la resolución presidencial que anulaba los procedimientos de recuperación de nacionalidad de parte de José Antonio Alvarado.
No obstante, los otros cinco magistrados, Josefina Ramos (presidenta de la Sala Constitucional), Francisco Plata, Guillermo Selva, Ramón García Vílchez y Fernando Zelaya Rojas resolvieron anular la decisión de la Sala Civil de Granada por considerar que sus magistrados se excedieron en sus funciones.
Pero en su voto razonado, Solís Cerda, Aguilar y Rosales Argüello consideran que el Auto-Resolución anulatorio viola la Constitución Política y los derechos ciudadanos de Alvarado.
Plata insistió en que en el caso de José Antonio Alvarado no ha mediado una “condición política” y reiteró que la Sala Civil de Granada se extralimitó en sus funciones al anular la resolución presidencial. “Por eso se le regresó el expediente. Ahora deben proveer conforme a derecho”, enfatizó el presidente del Poder Judicial.
EL VOTO RAZONADO
Preceptos constitucionales y tratados que, según tres magistrados de la Sala Constitucional, se violaron en el caso de José Antonio Alvarado
– Arto. 20 “Ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional nicaragüense no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad”.
– Además, contraviene la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre de la Organización de Estados Americanos; ambos convenios internacionales suscritos por Nicaragua y elevados a rango constitucional en el Arto. 46 Cn. que establecen como un Derecho fundamental del ser humano el derecho a una nacionalidad.