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Microfinancieras preparan marco legal

Gustavo Ortega [email protected] La controversia surgida por la falta de definición de la tasa de interés máximo para contratar préstamos entre particulares ha promovido la agilización del establecimiento de un marco legal específico para las microfinancieras, indicó Iván Gutiérrez, director ejecutivo de Asomif. Las microfinancieras son las entidades que se dedican a canalizar préstamos para […]

Gustavo Ortega [email protected]

La controversia surgida por la falta de definición de la tasa de interés máximo para contratar préstamos entre particulares ha promovido la agilización del establecimiento de un marco legal específico para las microfinancieras, indicó Iván Gutiérrez, director ejecutivo de Asomif.

Las microfinancieras son las entidades que se dedican a canalizar préstamos para financiar, en pequeña escala actividades de producción, comercialización y servicios, entre otras, teniendo como fuente principal de pago el producto de las ventas o las utilidades generadas por dichas actividades.

Actualmente la Asociación Nicaragüense de Instituciones de Microfinancieras (Asomif), está cabildeando con los diputados y el gobierno la presentación de un anteproyecto de Ley Especial de Microfinanzas, a fin de establecer una vez por todas un marco jurídico específico para esta actividad.

Actualmente las microfinancieras se rigen por tres leyes, la Ley 176 o Ley Reguladora de Préstamos entre Particulares, la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro o Ley 147 y la Ley General de Bancos.

“Todas nos rigen pero en pedazos, lo que pretendemos es establecer un marco legal propio, es algo necesario, máxime cuando las microfinancieras garantizamos el crédito a no menos de 120,000 clientes a nivel nacional”, indicó el director de Asomif.

El segundo secretario del Parlamento, Wálmaro Gutiérrez dijo que las reformas a la Ley 176, recientemente vetadas parcialemente por el Ejecutivo, indican que en tanto las microfinancieras no cuenten con un marco regulatorio propio.

“Deben estar reguladas sean sociedades anónimas o ONG, partiendo del aumento de la demanda con la que cuentan a causa de la inexistencia de otras opciones de crédito de pequeña escala”, comentó el diputado.

Para el director de Asomif, aunque las reformas a la Ley 176, “tienen buenas intenciones”, el carácter de retroactividad de la ley, provoca distorsiones en la operatividad de las microfinancieras.

Lo anterior lo plantea en base a lo establecido en dichas reformas en lo referente a la búsqueda de una tasa de interés máxima ponderada en base a la publicación de tasa máxima oficializada por el Banco Central.

Para el especialista en Derecho Bancario, Julio Paniagua, el crédito al microempresario es más caro por la dispersión por lo que recomendó el establecimiento una tasas de interés máxima específica para las microfinancieras.

Según los análisis de Asomif, en Nicaragua existen unas 360,000 microempresas, las que en su mayoría busca el crédito de pequeña escala.

Esta organización, conformada por 18 de las 30 microfinancieras establecidas en el país, hasta diciembre del 2000 contaba con 124,938 clientes y una cartera de 52,6 millones de dólares.

Los estudios indican que la oferta total de microcrédito en Nicaragua hasta diciembre beneficiaba a 161,486 clientes, incluido el trabajo de las ONG y las cooperativas de ahorro y crédito.

TRATAMIENTO DIFERENCIADO

En el marco legal que prepara Asomif se establece el tratamiento diferenciado respecto a la banca comercial en lo que respecta al encaje legal y el fondo de garantía para su establecimiento. También se incluye los procedimientos de control, supervisión y operación de las mismas.

¿INTENCION POLITICA?

Fuentes ligadas al Ejecutivo indicaron que el motivo de las reformas a la Ley de Préstamos entre particulares es meramente político.

– Las fuentes indicaron que la intención de regular el crédito otorgado por las microfinancieras y por los organismos no gubernamentales, “es mero discurso”.

– Señalaron que el origen de las reformas obedece a cuestionamientos hechos por afectados por empresas adscritas (sociedades anónimas) al extinto Banco del Café que se dedicaban a canalizar y a brindar asistencia técnica para la solicitud de préstamos y quienes cobraban comisiones.

– “Se creó un desasosiego por las altas tasas que cobraban estas empresas”, apuntaron las fuentes.

– Las fuentes indicaron que en Nicaragua existe la protección legal contra la usura en el Código Penal y en la misma Ley 176, cuyas reformas en cuestión son tildadas de apresuradas por aquellos que respaldan el veto presidencial decidido sobre ellas.

– “Todo es político, las reformas a la ley son populistas, pues contienen vacíos legales y el veto parcial mismo es político pues el presidente no quiso dejar mal parados a los diputados liberales que aprobaron unánimemente las reformas”, señaló una de las fuentes.  

Economía

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