14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.

Gobernación aclara a quejoso

Aprovecho la ocasión para hacer referencia a la nota informativa publicada el día 6 de febrero del año en curso, Edición 22274, cuyo titular expresa Respetemos la Constitución, donde señala un caso de ciudadanos nicaragüenses radicados y nacionalizados en Costa Rica y que según comentarios del señor Ricardo Duarte Moncada, expresados en dicho artículo, tuvieron […]

Aprovecho la ocasión para hacer referencia a la nota informativa publicada el día 6 de febrero del año en curso, Edición 22274, cuyo titular expresa Respetemos la Constitución, donde señala un caso de ciudadanos nicaragüenses radicados y nacionalizados en Costa Rica y que según comentarios del señor Ricardo Duarte Moncada, expresados en dicho artículo, tuvieron problemas para ingresar a Nicaragua por el hecho de presentar pasaporte costarricense y Cédula de identidad nicaragüense. Al respecto, le expreso lo siguiente:

Como es de su conocimiento según las reformas constitucionales realizadas mediante Ley No. 330 el artículo señala, “ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad, la calidad de nacional nicaragüense no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad”. De tal manera que los ciudadanos nicaragüenses mencionados en el artículo no se les ha privado de su nacionalidad nicaragüense, ni se está discutiendo la identidad de ciudadanos nicaragüenses, sino más bien cuál era el documento de viaje que están utilizando para poder ingresar a Nicaragua.

Consideramos necesario destacarle que todo nicaragüense que hace uso de su pasaporte nicaragüense y quien posee otra nacionalidad debe hacer uso del pasaporte nicaragüense al entrar y salir del país, y no con el de otra nacionalidad que posea, ya que de lo contrario es tratado como ciudadano extranjero.

Debemos dejar claro que la razón por la cual no se le aceptó Cédula de identidad nicaragüense a dichos ciudadanos para ingresar al país, es porque Nicaragua no ha firmado los Acuerdos CA-4 con Costa Rica y Panamá, acuerdos que vinculan solamente al resto de países centroamericanos, lo que determina que el ciudadano que circule por los países firmantes puede portar solamente Cédula de identidad como alternativa del pasaporte, es por ese motivo que nicaragüenses que ingresan de Costa Rica hacia Nicaragua deben portar pasaporte nicaragüense y no cédula de identidad.

Por todo lo antes expuesto consideramos que los señores reclamantes no tienen ningún fundamento para cuestionar el tratamiento que se les dio como extranjeros debido a que los mismos para ingresar al territorio nacional lo hicieron con pasaportes costarricenses y no con pasaporte nicaragüense, por lo cual se les dio tratamiento de extranjeros cobrándoseles los aranceles establecidos en estos casos.

Licda. Sapjha Hamad E.

Directora Divulgación y Prensa.  

Cartas al Director

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí