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Urgen castigar “turismo sexual”

Funcionaria de Dos Generaciones asegura que hay una mafia organizada que amenaza a la niñez “Turismo sexual infantil” se da en León, Chinandega, El Guasaule, Cinco Pinos, Somotillo, Granada, Peñas Blancas, Estelí y Matagalpa Ary Neil Pantoja y Valeria Gonzá[email protected] El “turismo sexual infantil y tráfico de menores para la explotación sexual”, que según especialistas […]

  • Funcionaria de Dos Generaciones asegura que hay una mafia organizada que amenaza a la niñez
  • “Turismo sexual infantil” se da en León, Chinandega, El Guasaule, Cinco Pinos, Somotillo, Granada, Peñas Blancas, Estelí y Matagalpa

Ary Neil Pantoja y Valeria Gonzá[email protected]

El “turismo sexual infantil y tráfico de menores para la explotación sexual”, que según especialistas se está dando en diferentes lugares de Nicaragua, no está definido en las leyes nacionales y por tanto, urge legislar para que se precise y castigue como delito sexual dentro del Código Penal.

En su artículo 552 el Código Penal vigente sanciona con penas de tres a cinco años de prisión la trata de blancas, cuyo delito consiste en el “tráfico internacional de mujeres o niños destinados a la prostitución o comercio carnal”.

La subdirectora ejecutiva de Dos Generaciones, Reina Isabel Velásquez, aseguró que el “turismo sexual infantil” se practica en el país y citó como ejemplo que los extranjeros les preguntan a las muchachas del Parque de Granada, por niñas de 10 y 12 años de edad. Agregó que la propuesta de este organismo es adicionar un articulado al Código Penal en el que se estipule como delito dicho acto y haya una sanción.

Según los organismos denunciantes, el turismo sexual de niños y niñas se está dando en los departamentos de León y Chinandega; en el puesto fronterizo El Guasaule, Cinco Pinos y Somotillo. También en Granada, principalmente en los parques; asimismo en el puesto fronterizo de Peñas Blancas. En el Norte, en Estelí y Matagalpa.

“Esto tiene que ver con parte de la industria consumista de la pornografía. Es una mafia; es crimen organizado lo que hay”, expresó Velásquez, tras repudiar la existencia de sitios en la Internet que venden videos de violaciones en vivo a niñas de seis años.

El Procurador Especial de la Niñez y la Adolescencia, Carlos Emilio López, aseguró que sí existen cifras que revelan la problemática de la niñez en el país, en respuesta a las declaraciones de la Primera Dama de la República, María Fernanda Flores, quien ayer desestimó los datos sobre tráfico de menores.

López mencionó tres estudios realizados por diversas instituciones gubernamentales y no gubernamentales sobre la situación laboral de la niñez en el área urbana y rural, así como la explotación sexual comercial y no comercial a la que son sometidos los niños y niñas.

Dijo que las leyes migratorias nicaragüenses son muy débiles como para frenar el tráfico de menores al resto de Centroamérica.

“Es increíble que nuestras leyes castiguen con tanta severidad el abigeato y que el tráfico ilegal de menores ni siquiera esté contemplado como delito”, expresó.

PRIMERA DAMA PREOCUPADA

– La Primera Dama dijo que está trabajando en conjunto con el Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y Adolescencia (Conapina), para establecer un sistema de Información Nacional sobre la situación de la infancia y que para ello cuenta con el apoyo del Instituto Interamericano del Niño.

LEYES INSUFICIENTES

– El Código Penal vigente no contempla el tráfico ni la explotación sexual infantil como delitos.

– El capítulo IV del Código Penal sólo castiga los delitos de proxenetismo o rufianería, trata de blancas y sodomía.

– El Código de la Niñez y la Adolescencia estipula en su artículo 5 que “ninguna niña, niño o adolescente será objeto de cualquier forma de discriminación, explotación, traslado ilícito dentro o fuera del país, violencia, abuso o maltrato físico, síquico o sexual, tratamiento inhumano, aterrorizante, humillante, opresivo, trato cruel, atentado o negligencia, por acción u omisión a sus derechos y libertades”, pero no establece penas o sanciones para quienes incumplan este artículo.  

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