Mercedes SequeiraCORRESPONSAL/ [email protected]
Un jurado de conciencia de Chontales declaró culpable al ganadero Liberato Alfonso Brenes Martínez por el delito de lesiones psicológicas en perjuicio de su esposa, Basilia Antonia Mejía Martínez, y por violación y lesiones psicológicas contra dos de sus hijas, por los que fue acusado el 15 de agosto de 2001. Presuntamente los hechos ocurrieron en la comarca Los Chiles, de Santo Domingo, Chontales.
Después de transcurrido casi un año de que las víctimas denunciaron el caso, y de todo un día de deliberaciones, el jurado de conciencia integrado por cinco personas, encontró culpable a Liberato Alfonso Brenes Martínez, quien purgará la pena en las cárceles del Sistema Penitenciario de Cuisalá, Juigalpa, donde se encuentra detenido.
Durante el juicio, tanto la parte acusadora, la abogada Geisell Hurtado, y la fiscal auxiliar departamental Aurora Amador, mantuvieron su posición de que Brenes Martínez era culpable por haber abusado sexualmente de sus propias hijas, argumentando que las pruebas eran contundentes.
Según Hurtado, los dictámenes del forense comprueban que las menores fueron violadas. Esto fue rechazado por Alfonso Granizo, el abogado defensor de Brenes Martínez. Granizo habría llegado al extremo de decir que las menores mantenían relaciones por su propio gusto con su padre, y que por lo tanto, lo que había era un delito de incesto y no de violación.
Granizó basó sus argumentos en la testificación que dieron tres hermanos de las víctimas durante el proceso.
La abogada Hurtado respondió que Liberato le había traspasado todos sus bienes a uno de sus hijos antes de que fuera denunciado sobre el hecho, presuntamente con el objetivo de proteger sus bienes en caso de que se le descubriera el delito que estaría cometiendo contra sus hijas, consideró la fiscal Aurora Amador.
Alfonso Granizo insistía que su defendido era culpable del delito de incesto, pero no de violación, como fue declarado por el jurado de conciencia. Granizo pretendía que Brenes Martínez recibiera una pena de 7 a 8 años de prisión.