Mario Sánchez P. [email protected]
Mediante una nota de prensa, el Ministerio de Gobernación (Mingob) advirtió ayer a todos los extranjeros que ingresen a Nicaragua que no podrán laborar ni realizar tareas remuneradas o lucrativas por cuenta propia o en diversas dependencias estatales o privadas, mientras no obtengan la residencia con derecho a trabajar, autorizada por la Dirección de Migración y Extranjería.
Asimismo, el Mingob advierte que el incumplimiento de esta disposición basada en las leyes migratorias del país será sancionado con una multa, tanto para el empleado como para el empleador.
La nota oficial explica que se adoptó esta medida porque se ha observado que los ciudadanos extranjeros que llegan al país en calidad de turistas, es decir, no residentes, están llegando a las oficinas de Migración y Extranjería a solicitar prórroga de estancia o residencia.
También se ha confirmado que en el país hay extranjeros turistas o con residencias vencidas que se encuentran trabajando en diversas empresas, violando el artículo 47 de la Ley de Extranjería o Ley 154.
Este artículo dice: “Los extranjeros admitidos como no residentes, es decir turistas, no podrán realizar tareas remuneradas o lucrativas, ya sea por cuenta propia o en relación de dependencia, excepto los incluidos en el artículo 41, inciso ‘d’ de la Ley de Migración, o sea integrantes de espectáculos públicos contratados por entes públicos o privados, en razón de su actividad artística, cultural o deportiva”.