Freddy Potoy [email protected]
Fue una sentencia más en la que las víctimas siempre resultan doblemente victimizadas: por el delincuente y por la justicia.
La Juez Octavo de Distrito del Crimen de Managua, Rafaela Urroz, sólo quiso castigar a Tirso Moreno Aguilar por los delitos de secuestro y exposición de personas al peligro y lo sobreseyó de otros más graves.
Con esta sentencia Moreno Aguilar salió “premiado” y se puede propiciar la libertad del mismo, quien puso en peligro la vida de muchas personas del Diario LA PRENSA cuando asaltó las instalaciones de este rotativo, desarmó al vigilante y le disparó.
Por unos momentos imaginemos algunos escenarios.
Entra Tirso Moreno Aguilar a las instalaciones del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), pateando las puertas de cristal, encañona a unos de los empleados del Poder Judicial, desarma a un vigilante y después le dispara a este último. Llega al centro del TAM y empieza a blandir su pistola encima de la cabeza, detrás de la misma y frente al rostro de una secretaria o del Presidente de dicho Tribunal.
Otro escenario. Llega Tirso Moreno Aguilar, nuevamente patea las puertas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), encañona, por ejemplo, al secretario del Supremo Tribunal, Alfonso Valle Pastora, desarma a uno de los vigilantes, luego le dispara a este último y finalmente, amenaza con su pistola sobre la cabeza de la presidenta de la Corte, Alba Luz Ramos Vanegas o su secretaria.
Ultimo escenario. Entra Tirso Moreno Aguilar al Juzgado Octavo de Distrito del Crimen de Managua, patea la puerta del despacho judicial, antes desarmó a un vigilante y le disparó, y empieza a amenazar de muerte con una pistola que puso encima de la cabeza de la Juez Urroz o de cualquier empleado de ese despacho.
¿Qué les parece señora Juez y señores magistrados? ¿Sólo se trata de secuestro y exposición de personas al peligro? ¿Les gustaría vivir esa experiencia y no aplicar todo el imperio de la ley?
Los magistrados del TAM deben confirmar el auto de prisión por los delitos de secuestro y exposición de personas al peligro y revocar el sobreseimiento definitivo de los delitos de homicidio frustrado, asalto y robo con intimidación e imponerle auto de prisión a Tirso Moreno Aguilar.
Hay un afán porque Moreno Aguilar no pague por su acción criminal. La norma establece que el delito de homicidio frustrado tiene una pena de 3 a 7 años de presidio (la mitad del delito consumado) y el de asalto de 7 a 9 años de prisión. De este tipo de penas es que quieren salvarlo. Eso sería un grave precedente porque en Nicaragua no podemos permitir situaciones similares al secuestro del directorio de la Unión Nacional Opositora (UNO) en 1993 ejecutado por el ex militar sandinista Donald Mendoza, o lo hecho en el Zúngano, Quilalí, por el ex contra José Angel Talavera. Los pistoleros no deben invocar sus antecedentes guerrilleros para imponer el terror en la ciudadanía y luego quedar impunes.
Señores magistrados del TAM, en sus manos está hacer verdadera justicia.